El TSJA rebaja una condena por un cultivo de marihuana vigilado por menores

TSJA baja la pena a tres traficantes a un año y 11 meses y solo mantiene la condena al dueño

Audiencia Provincial de Almería
Audiencia Provincial de Almería La Voz
Javier Pajarón
07:00 • 09 abr. 2019

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rebajado la condena de prisión a tres vecinos de Almería acusados de cultivar 1.500 plantas de marihuana en dos inmuebles de la barriada de Torrecárdenas (Almería).




La Audiencia Provincial de Almería condenó inicialmente a cuatro años de cárcel a cuatro traficantes por un delito contra la salud pública e impuso una multa económica por un delito de defraudación de fluido eléctrico.




Sin embargo, el TSJA reduce ahora la sanción a tres de los acusados y fija las penas en un año y 11 meses de prisión, según una sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal firmada por el magistrado Juan Ruiz-Rico Ruiz-Morón.




La Policía Nacional registró dos viviendas de la calle Aliaga en octubre de 2016 en una investigación contra el tráfico de marihuana. Los agentes aprehendieron 1.502 plantas de cannabis sátiva (539 plantas de marihuana verdes, 485 esquejes y 478 secas).  La droga era de alta calidad y, según los análisis de toxicidad, una parte superaba el 25 por ciento de THC (Tetrahidrocannabinol). La mercancía refleja así la pujanza del mercado de la ‘maría’ y la potencia de los productores en Almería.




Sostener una plantación de tal entidad requería grandes equipos de ventilación e iluminación. Los traficantes conectaron a la red viaria y provocaron un perjuicio para la compañía eléctrica de 33.000 euros.

El dueño de la droga
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería condenó a los cuatro acusados, pero las defensas presentaron recurso de apelación ante el TSJA (letrados Jesús Yebra, Juan Padilla y José Miguel Ramos). Según la Audiencia, D. R. H. “para desprenderse de la tierra, hojas, tallos y otros desechos” se valía de dos jóvenes  “con pleno conocimiento de su minoría de edad”.




No obstante, el tribunal elimina la aplicación del tipo agravado de utilización de menores y carga toda la responsabilidad de ese aspecto en el supuesto dueño del cultivo, el único al que no toca la condena de cárcel. “No está acreditado con ninguna prueba directa ni indiciaria que hayan utilizado a menores, sino sólo que han colaborado en las tareas de cultivo junto a ellos, lo que les coloca en un mismo plano (...) que el dueño exclusivo de la plantación”, dice la sentencia. Ahora bien el letrado José Miguel Ramos, a pesar de la reducción de condena, ha anunciado recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.





Temas relacionados

para ti

en destaque