Condenada por abusos sexuales a una menor que cometió cuando era un hombre

Los peritos desvinculan los hechos de “las intensas experiencias personales” de la acusada

Palacio de Justicia de Murcia
Palacio de Justicia de Murcia Europa Press
Javier Pajarón
21:55 • 21 jul. 2023

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a dos años y medio de prisión a una mujer por abusos sexuales a una niña de su entorno familiar. La acusada cometió el delito cuando era un hombre, antes de realizar la transición de género.




Los delitos sexuales comenzaron a mediados de 2007 en una localidad murciana cercana a la frontera con Almería, provincia donde residía la víctima, según consta en la sentencia. El entonces varón aprovechó momentos a solas con la víctima, de solo 12 años de edad y cercana a su entorno familiar, para realizarle tocamientos y otros comportamientos que atentaban a su libertad sexual, cuyos detalles se obvian.




La denuncia se remitió a la Guardia Civil a finales de 2015, cuando la víctima ya había cumplido la mayoría de edad, y relataba una sucesión de episodios de abusos continuados por parte del varón.




En una carta aportada por la joven se apuntaban situaciones relevantes para el desarrollo del proceso judicial, como el trauma sufrido, el miedo y los trastornos para su salud mental. También abusos vividos durante “muchos años”, según recoge el tribunal de la Audiencia de Murcia.




El tribunal considera prueba de cargo el testimonio de la joven contra la acusada, que en el momento de los hechos era varón y la duplicaba en edad. Además, pone en valor el esfuerzo de la víctima para denunciar los hechos aunque hubieran pasado ocho años desde el inicio de los comportamientos enjuiciados.




“El retraso en formular la denuncia pudo obedecer a la escasa edad de la denunciante en el momento de producirse la secuencia denunciada, a no ser capaz la menor de trasladar lo que ella soportaba a ningún familiar o amigo, a no querer enfrentarse a la situación familiar difícil que una denuncia pudiera provocar, incluso, con el transcurso del tiempo, a una aceptación” o enquistamiento emocional ante la realidad sufrida”, detalla la sentencia.



Además, el tribunal “no ha sido capaz de percibir en la vista oral, al momento de prestar declaración la denunciante, atisbo de deseo de venganza, ni verbal, ni gestual, apreciándose que la misma afrontaba con contenida templanza y ánimo sereno la situación que estaba viviendo”.




Asimismo, se aporta un informe pericial elaborado por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Almería. Los expertos acreditan la existencia de trastornos compatibles con los abusos relatados como consecuencia de los hechos descritos.


“Presenta trastorno de estrés postraumático de carácter crónico, con leve perturbación del estado de ánimo, leve sintomatología ansiosa, afectación de su autoestima, y ciertos desórdenes de personalidad”.


“La existencia de trastorno de estrés postraumático y la causa que lo origina, hace pensar que toda la sintomatología que presenta así como los posibles episodios de depresión mayor y esquizofrenia están directamente relacionados con la vivencia de los hechos relatados ya que un estado de estrés prolongado puede ocasionar desórdenes de personalidad como los que se describen”, aseveran los forenses de Almería.

Análisis psicológico

El tribunal preguntó a los peritos si la exploración psicológica realizada a la acusada aportaba alguna prueba sobre los hechos. Sin embargo, los médicos señalaron que “carece de capacidad convictiva alguna para esclarecer lo sucedido hace 15 años”, ya que la acusada ha sufrido “la transformación física, psíquica, emocional y vital que ha tenido (...), con intensas experiencias personales a lo largo de esos años”.


En cambio, la Audiencia Provincial sí le aplica una atenuante de dilaciones indebidas y rebaja la condena a dos años y medio de cárcel y a una prohibición de acercamiento y comunicaciones por cuatro años. La Fiscalía  solicitó inicialmente diez años de prisión.


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