Colaborar al fomento del empleo es uno de los objetivos principales que han llevado al Ayuntamiento de la capital a consensuar con la Asociación de Hosteleros de Almería (Ashal) una modificación de la ordenanza de terrazas y veladores.
Explica el concejal de Urbanismo, Pablo Venzal, que “respetando en todo momento el espíritu de la ordenanza, se ha alcanzado un consenso con Ashal para abrir la posibilidad de poner terrazas en determinadas zonas de aparcamiento de forma temporal con el objetivo de dinamizar la actividad turística y hostelera”. Y es que tiene claro Venzal que “una terraza en un bar supone uno o dos puestos de trabajo más”.
Exactamente la modificación que se ha realizado va a permitir la instalación de terrazas en zona de aparcamiento, pudiendo utilizarse para ello el uso de tarimas, en los casos en los que sea inviable la colocación de terraza en la acera al tener ésta un ancho igual o inferior a tres metros.
El cambio incluye la necesaria autorización por parte del área en materia de Tráfico con mención expresa de los condicionantes que puedan afectar a la terraza en cuanto a dimensiones máximas autorizables, medidas de señalización, entre otros. Además, no se pueden autorizar su se trata de calles que cuenten con una regulación de aparcamiento alterno.
Además, para evitar la pérdida permanente de estas plazas de aparcamiento, se ha optado por limitar el tiempo de la autorización del 1 de mayo al 31 de octubre, precisamente la temporada alta para este tipo de establecimientos en la capital. Una vez pasado este tiempo, el titular de la licencia estará obligado a retirar la instalación y que se restituya el uso como parking.
Cabe recordar que para la colocación de estas terrazas hay que solicitar la correspondiente licencia en el Ayuntamiento de la capital y que debe renovarse de forma anual para ello.
Tarimas Para la instalación de las tarimas, los diferentes establecimientos deben atender una serie de requisitos en función del espacio que ocupen y atendiendo siempre a una serie de condiciones técnicas como el que la tarima quede adosada al bordillo de la acera y a su mismo nivel, salvo que se trate de viales de tráfico compartido en suyo cuyo caso estarán prohibidas. Además, el espacio destinado a terraza sobre tarima deberá ser acotado con barandillas de protección peatonal y señalizadas al objeto de la adecuada protección del tráfico rodador.
En línea En caso de las calles en las que los aparcamientos son en línea, la longitud máxima de la terraza será de 15 metros y el ancho vendrá determinado por la franja de aparcamiento.
En las calles en batería, la longitud máxima de la terraza será de 7,50 metros e igualmente el ancho lo establecerá la franja de aparcamiento.
Tanto en un caso como en el otro, se debe garantizar que en los extremos de la calle siempre quede un espacio de aparcamiento con un ancho mínimo.
Lo cierto es que las terrazas en zonas de climatología favorable, como es el caso de Almería, son sin duda un negocio para los bares y restaurantes desde la llegada de la primavera. Así, solo el pasado año 2013 se registraron en la Gerencia Municipal de Urbanismo un total de 296 solicitudes de instalación de terrazas, y para la renovación de este año, teniendo en cuenta esta modificación, seguro que se incrementan mucho los números.
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