La Abogacía del Estado ha solicitado este lunes la puesta en libertad del líder de ERC condenado por el procés Oriol Junqueras para que pueda ejercer como eurodiputado, en tanto se solicita al Parlamento Europeo que se le retire la inmunidad que le confiere esa condición, medida que en su opinión, debe instar "a la mayor brevedad" el Tribunal Supremo, según el escrito de 16 páginas que firma la letrada Rosa María Seoane.
No obstante, descarta que la sentencia que le impuso 13 años de prisión e inhabilitación para cargo público sea nula por no habérsele permitido tomar posesión del escaño cuando aún se encontraba en prisión provisional. Considera que el fallo tiene "total validez" al haberse dictado "con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal" y apuesta por mantener en suspensión la ejecución de la pena de inhabilitación, tal y como dictaminó el Supremo, en espera de que se resuelva su situación de inmunidad.
Así lo expresa en su escrito de alegaciones al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre respondió al Tribunal Supremo español que Junqueras debió gozar de inmunidad parlamentaria desde el momento en que fue proclamado eurodiputado el 13 de junio, por lo que debería haber podido salir de prisión provisional y desplazarse al Parlamento Europeo para recoger su acta.
En opinión de la Abogacía, "cabría permitir" que el líder de ERC se desplace libremente a la Junta Electoral Central y a la sede del Parlamento Europeo para tomar posesión de su escaño, si bien la inmunidad que se desprende de su condición de parlamentario electo no se restringe a la recogida del acta, sino que implica "el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario".
"Si bien el primer efecto aparejado a la inmunidad que debe ser reconocida al Sr. Junqueras lo constituye la posibilidad de dirigirse sin impedimentos al lugar de reunión del Parlamento Europeo o bien regresar de él a efectos del cumplimiento de los trámites previstos en el artículo 12 del acta electoral, no debe obviarse que la Sentencia del TJUE reconoce además que esas inmunidades tienen una finalidad expresa: que los parlamentarios europeos puedan dar cumplimiento a su misión", dice el escrito.
Considera en todo caso, que el Supremo debe adoptar medidas de "aseguramiento" y custodia para "garantizar que la libertad de movimientos que en su caso pueda requerir el ejercicio de las inmunidades reconocidas, no pueda dar lugar a la fuga del penado y a la correspondiente frustración del derecho fundamental al cumplimiento de las sentencias". No concreta las medidas aunque dice que pueden consultarse con el Parlamento Europeo en el marco de la lealtad institucional.
Un suplicatorio "a la mayor brevedad"
Los Servicios Jurídicos del Estado inciden, no obstante, en que los magistrados del Supremo deben pedir "a la mayor brevedad" al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad de Junqueras reconocida por el tribunal de Luxemburgo. Sin esa inmunidad podrá volver a ingresar en prisión.
La Abogacía, en línea con lo ya manifestado el pasado 10 de junio, ha concluido tras analizar el fallo del TJUE que Junqueras sigue gozando de inmunidad como eurodiputado ya que hasta el momento, la Junta Electoral Central, el órgano competente, no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de parlamentario electo. Entiende que mientras esto no ocurra, es el Supremo quien debe pedir el suplicatorio.
Los Servicios Jurídicos del Estado mantienen así una posición discrepante a la de Fiscalía, institución que el mismo día en que se conoció el fallo del TJUE alegó que ya no cabe aplicar la inmunidad en el caso de Junqueras porque ya no es un preso preventivo, sino un condenado en firme.
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