Sindicatos y patronal firman un nuevo convenio colectivo para el manipulado

Este acuerdo afecta a unas 25.000 empleados de la provincia de Almería

Imagen de archivo de mujeres trabajando en el manipulado de productos agrícolas.
Imagen de archivo de mujeres trabajando en el manipulado de productos agrícolas.
Europa Press
14:46 • 21 sept. 2016

Patronal y sindicatos han rubricado este miércoles el convenio colectivo del sector del manipulado que afecta a unas 25.000 empleados de la provincia de Almería tras meses de reuniones, movilizaciones y avisos de huelga.




Según ha indicado el secretario general de la Federación de Industria y Trabajadores Agrarios (Fitag) de UGT Almería, Juan Sola, "este nuevo acuerdo contempla la jornada una jornada ordinaria máxima de 48 horas semanales, frente a las 50 que se recogían anteriormente".




Asimismo, "con el objetivo de favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral los trabajadores que lo deseen, podrán reducir voluntariamente su jornada máxima semanal obligatoria a 45 horas semanales".




En materia económica, Sola ha detallado que "se recoge un incremento salarial a partir del 1 de marzo de este año hasta el 31 de agosto de 2017 de un 2,5 por ciento fijo, y de otro uno por ciento a partir del 1 de septiembre de 2017".




"Este nuevo convenio incluye una garantía horaria de un mínimo de 160 horas mensuales en cómputo trimestral. Así, apuesta por la estabilidad en el empleo, ya que se ha acordado que los contratos de obra servicio no podrán realizarse a más del 45 por ciento en la campaña 2016-2017 y en la campaña 2017-2018 del 40 por ciento. Además, en este porcentaje deberán incluirse también los contratos eventuales que se realicen", ha añadido.




El convenio extenderá su duración desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de agosto de 2018, entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, si bien sus efectos económicos tendrán carácter retroactivo desde el 1 de marzo de 2016.




Los atrasos por los incrementos salariales correspondientes a los periodos vencidos desde 1 de marzo de 2016, serán satisfechos por las empresas obligadas en el plazo máximo de dos meses contados a partir de su entrada en vigor.





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