¿Por qué la Junta no ha ejercido retracto sobre el Castillo de San Ramón en Rodalquilar?

Amigos del Parque y de la Alcazaba han lamentado que el Gobierno andaluz haya `dejado pasar` una `buena oportunidad` para adquirir el inmueble

La Voz
11:10 • 15 may. 2017

Las asociaciones Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y Amigos de la Alcazaba ha reclamado a la Junta de Andalucía que explique por qué no ha ejercido el derecho de retracto sobre el Castillo de San Ramón, en la playa de Rodalquilar, después de que se haya formalizado su adquisición por parte de una comunidad de propietarios.




Ambos colectivos han lamentado que el Gobierno andaluz haya “dejado pasar” una “buena oportunidad” para adquirir el inmueble, protegido bajo la figura de Bien de Interés Cultural (BIC), y “darle un uso cultural adecuado”.




“Queremos conocer los motivos que han llevado a la Junta a no ejercer estos derechos, sobre todo por transparencia política”, ha trasladado el portavoz, Enrique Ruiz, quien ha advertido de que las dos asociaciones seguirán “reclamando la adecuada conservación” del inmueble.




La reclamación llega después de que la Consejería de Cultura haya admitido en un escrito dirigido a Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar que la transmisión realizada del Castillo de San Ramón de Rodalquilar a los efectos de derechos de tanteo y retracto “sí” fue “comunicada” tanto al propio departamento como a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.




En el citado escrito, consultado por Europa Press, la Junta señala que el BIC es titularidad de una comunidad de propietarios que resultó adjudicataria en un proceso judicial en Primera Instancia seguido en Granada aunque esta no ha tenido la posesión real hasta el 12 de enero de 2016.




Añade que en una visita técnica cursada en junio de 2016 para comprobar su estado de conservación se constató la necesidad de realizar acciones de restauración “básica” como consolidación de reposiciones, restauración de mampostería, ladrillos, suelos empedrados e impermeabilización de la azotea.




La Junta revela, asimismo, que la comunidad de propietarios con la titularidad del castillo ha solicitado la “dispensa total” de la obligación que tienen por ley de permitir la visita pública gratuita, al menos cuatro días al mes, en días y horas previamente señalados, constatando esta información de manera accesible y pública a los ciudadanos en lugar adecuado del BIC.




Alegaron “las dificultades” para cumplir con la ley pese a lo que el Gobierno andaluz, según consta en el escrito, no ha aceptado esa “dispensa total” y “sigue insistiendo para que nos comuniquen los cuatro días, mínimos, que abrirán al público y el horario”.


El Castillo de San Ramón fue declarado Bien de Interés Cultural en 1985. Se trata de una batería para cuatro cañones cuya misión era vigilar el litoral comprendido entre el Cerrico Romero y la Cala de San Pedro, con cuya fortaleza cruzaba el fuego de su artillería. Sus orígenes se remontan al reglamento de 1764 que ordenó su construcción.


Los dos colectivos conservacionistas elevaron en marzo un escrito a la Consejería de Cultura, que ahora ha respondido, en el que le instaban a elaborar un informe técnico sobre el estado de conservación de los elementos protegidos para garantizar una adecuada conservación de sus valores históricos que, en este caso, correspondería a los propietarios del inmueble tras las apertura de los correspondientes oficios o requerimientos realizados por la Junta de Andalucía que, en su defecto, debería realizarla de forma subsidiaria.


Solicitó, asimismo, que se le diese traslado de los requerimientos realizados a los propietarios del Castillo de la Batería de San Ramón para garantizar una adecuada conservación de los valores históricos e informase si la reciente trasmisión onerosa había sido comunicada a la Consejería de Cultura para ejercer el derecho de retracto y tanteo.


Por último, reclamó una adecuada señalización de los valores históricos de la batería con paneles de información y difusión didáctica-histórica e información sobre el régimen de visitas públicas conforme a lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley de Patrimonio Histórico en Andalucía.



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