El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha tumbado la tasa impuesta en 2013 por el Ayuntamiento de Albox en la que se exigía el pago de 12 euros por tonelada al Consorcio de Residuos Almanzora-Levante-Los Vélez por el depósito de desechos en los vertederos del ente situados en el término municipal de Albox.
El TSJA dictaminó la semana pasada que la tasa que los impuesta por el exalcalde del PSOE, Rogelio Mena, al Consorcio de Residuos que gestiona la basura de un total de 45 municipios almerienses entre las comarcas del Valle del Almanzora, el Levante y Los Vélez, no se ajusta a la legalidad. Para el TSJA la tasa impuesta del modo que se hizo ilegal, al considerar que los usuarios de este servicio ya tributan por el mismo.
El PP albojense ha sido el primero en pronunciarse al respecto criticando que “a Mena, en su momento con la complicidad de todos los concejales del PSOE, se le ocurrió cobrar una especie de ‘impuesto revolucionario’ a todos los pueblos donde presta el servicio el consorcio, con poca o nula base jurídica y un inexistente informe económico financiero”.
Los populares añaden que “esa tasa se llevó a Pleno y los populares nos abstuvimos, entendiendo que no había fundamento legal para su aplicación. A cambio recibimos los insultos y menosprecio de los concejales del PSOE, y ahora, casi cuatro años después, resulta que teníamos razón; nuevamente.”
Recursos anteriores
Según los populares, ahora “gracias a sus inventos -en alusión a la gestión del PSOE- el pueblo de Albox debe devolver más de medio millón de euros al consorcio de recogida de residuos por haber impuesto una tasa de manera indebida”. el exregidor albojense emprendió esta medida, según defendió, por ·justicia histórica” y para “subsanar las consecuencias medioambientales” por la presencia de los vertederos en el municipio. Sin embargo, desde la presidencia del ente dudaban “de la legalidad” de la tasa y advirtieron que pelearían contra ella en los tribunales.
Una de las primeras medidas tomadas por el Consorcio de Residuos Almanzora-Levante-Los Vélez fue la interposición de un recurso pidiendo la suspensión de la aplicación de la tasa hasta que existiera una sentencia definitiva, aunque en ese momento la justicia no le dio la razón.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictaminó entonces que no existía “el más mínimo dato constatable” de que la ejecución de esta tasa provoque “perjuicio alguno al recurrente de la ejecución, salvaguardado, en todo caso por el principio de Administración solvente, que en cualquier caso estaría garantizada su devolución”.
Falta de una verdadera memoria
Entre los motivos del recurso interpuesto y que figuran en el auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, destaca entre otros puntos la “falta de una verdadera memoria económico-financiera” pues “en apenas unas líneas incluidas en un estudio ambiental se pretende justificar el coste del servicio pero no se consigue esa finalidad, pues la generalidad del estudio y su falta de concreción son patentes” se puede leer en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La iniciativa para imponer esta tasa fue aprobada en abril de 2013 con el voto a favor de la mayoría de concejales del PSOE y con la abstención del PP.
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