Guillermo Mirón
23:20 • 15 ene. 2012
La aprobación del decreto de regularización de viviendas alega por parte del Gobierno andaluz ha sido una de las noticias más comentadas en el Almanzora y el Levante almeriense en los últimos días. Sin embargo, pocos o muy pocos vecinos afectados saben a día de hoy qué pasos dar una vez que el documento entre en vigor dentro de tres semanas aproximadamente.
Como factor común en todos los procedimientos, ya sea en busca de la regularización o del disfrute de los servicios básicos como luz y agua, se encuentra el ayuntamiento, la administración que gestionará casi en su totalidad los trámites a realizar. Pero aún así hay diferentes factores que los propietarios de estas viviendas deben conocer y que quizás, buscando soluciones en el documento aprobado, no puedan encontrar debido a los tecnicismos utilizados propios del lenguaje urbanístico y a la multitud de casuísticas presentes. A esto hay que sumarle el margen de interpretación que la normativa otorgará a las administraciones correspondientes, por lo que todo procedimiento puede ser, aún, objeto de variación.
Viviendas aisladas
Este tipo de construcción es el que más variantes presenta a la hora de catalogar una vivienda de las denominadas ‘aisladas’ (lejos del núcleo urbano y que no pertenece a un conjunto de casas o cortijos de hábitat rural, conocidos como pedanías). Los más beneficiados en este caso serán aquellos que habiten en una vivienda “compatible”. Una casa “compatible” es aquella que se construyó antes de que entrara la legislación actual en vigor o bien se hizo sin licencia aunque sea compatible con el planeamiento actual. “En ese caso deberían venir al Ayuntamiento y solicitar licencia de obras como cuando alguien va a hacerse una vivienda nueva”, explica Sonia Cerdán, concejal de Urbanismo y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Albox, uno de los municipios que más viviendas irregulares poseen en su término municipal.
Dentro de las viviendas aisladas existe una segunda probabilidad, como es que la casa se encuentre en una zona calificada como ‘fuera de ordenación’ y que actualmente su uso no sea compatible con la normativa aunque en su momento sí lo fuerse. “En ese caso, los propietarios deberían solicitar una situación de ‘legal fuera de ordenación’. Se les daría una acreditación de tal hecho y la autorización para la posibilidad de disfrutar de los servicios básicos”, aclara Cerdán.
Una última posibilidad es la de declarar una construcción aislada como ‘asimilada al régimen de fuera de ordenación’. Se trata de viviendas realizadas sin licencia, para las que ya ha finalizado el plazo para tomar medidas judiciales contra las mismas (construidas hace más de cuatro años). En ese caso, tal y como afirma la concejal, también “se solicitaría un reconocimiento en el Ayuntamiento y se requeriría la conexión de los servicios básicos”. Para las polémicas viviendas ilegales situadas en zonas de especial protección, así como parajes inundables o similares, siempre que sean anteriores a la Ley del Suelo de 1997 entrarían como ‘asimiladas fuera de ordenación’. En caso de que sean posteriores, su futuro estaría en entredicho. Más información en la edición impresa
Como factor común en todos los procedimientos, ya sea en busca de la regularización o del disfrute de los servicios básicos como luz y agua, se encuentra el ayuntamiento, la administración que gestionará casi en su totalidad los trámites a realizar. Pero aún así hay diferentes factores que los propietarios de estas viviendas deben conocer y que quizás, buscando soluciones en el documento aprobado, no puedan encontrar debido a los tecnicismos utilizados propios del lenguaje urbanístico y a la multitud de casuísticas presentes. A esto hay que sumarle el margen de interpretación que la normativa otorgará a las administraciones correspondientes, por lo que todo procedimiento puede ser, aún, objeto de variación.
Viviendas aisladas
Este tipo de construcción es el que más variantes presenta a la hora de catalogar una vivienda de las denominadas ‘aisladas’ (lejos del núcleo urbano y que no pertenece a un conjunto de casas o cortijos de hábitat rural, conocidos como pedanías). Los más beneficiados en este caso serán aquellos que habiten en una vivienda “compatible”. Una casa “compatible” es aquella que se construyó antes de que entrara la legislación actual en vigor o bien se hizo sin licencia aunque sea compatible con el planeamiento actual. “En ese caso deberían venir al Ayuntamiento y solicitar licencia de obras como cuando alguien va a hacerse una vivienda nueva”, explica Sonia Cerdán, concejal de Urbanismo y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Albox, uno de los municipios que más viviendas irregulares poseen en su término municipal.
Dentro de las viviendas aisladas existe una segunda probabilidad, como es que la casa se encuentre en una zona calificada como ‘fuera de ordenación’ y que actualmente su uso no sea compatible con la normativa aunque en su momento sí lo fuerse. “En ese caso, los propietarios deberían solicitar una situación de ‘legal fuera de ordenación’. Se les daría una acreditación de tal hecho y la autorización para la posibilidad de disfrutar de los servicios básicos”, aclara Cerdán.
Una última posibilidad es la de declarar una construcción aislada como ‘asimilada al régimen de fuera de ordenación’. Se trata de viviendas realizadas sin licencia, para las que ya ha finalizado el plazo para tomar medidas judiciales contra las mismas (construidas hace más de cuatro años). En ese caso, tal y como afirma la concejal, también “se solicitaría un reconocimiento en el Ayuntamiento y se requeriría la conexión de los servicios básicos”. Para las polémicas viviendas ilegales situadas en zonas de especial protección, así como parajes inundables o similares, siempre que sean anteriores a la Ley del Suelo de 1997 entrarían como ‘asimiladas fuera de ordenación’. En caso de que sean posteriores, su futuro estaría en entredicho. Más información en la edición impresa
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