Rebaja en la condena del asesino de Rosa Galera

El Tribunal Superior de Justicia estima que la pena por tenencia ilícita de armas fue “arbitraria”

Juicio por el asesinato de Rosa Galera, de Fines.e;clip:rect(46
Juicio por el asesinato de Rosa Galera, de Fines.e;clip:rect(46
Europa Press
20:29 • 12 feb. 2014

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena de 21 años y seis meses impuesta al exmarido de Rosa Galera, quien murió asesinada en Fines en mayo de 2011, al estimar que la pena por tenencia ilícita de armas fue “arbitraria” por no tener en cuenta que fue su “propia declaración” la “única razón” por la que pudo ser considerado culpable de este delito. Le impone, así un año de cárcel frente a los dos años y seis meses que fijo la Audiencia Provincial de Almería.

El Alto Tribunal, que no modifica sin embargo la pena de 19 años por asesinato para Oscar P.F., sí rebaja de 30 a seis meses de cárcel la condena a Francisco Javier R.F. ya que sostiene que, “más que encubrir” a su amigo al no revelar el crimen y proporcionarle “las herramientas idóneas” para el enterramiento del cadáver, “en realidad, le ayudó con actos de cooperación eficaz aunque no imprescindibles a autoencubrirse”.

La sala de lo Penal y Civil estima parcialmente los recursos de apelación de las defensas en un fallo en el que, no obstante, califica de ajustada la pena por el delito de asesinato dado -según subraya- “que no sólo hubo una muerte alevosa, sino un ataque especialmente agresivo y despreciable”.

“Ha de tenerse en cuenta que, tras disparar a la víctima en el abdomen, tomó la decisión de cambiar de arma, coger un cuchillo y degollarla, lo que expresa una especial agresividad, cercana al ensañamiento”, asegura para advertir de que, incluso, “puede ser merecedora de más pena sin tener en cuenta además los antecedentes penales” de Oscar
P.F., que, si bien no era computables, sí pueden ser consideradas como”circunstancias personales del delincuente”.

Para modificar la sentencia de la Sección Tercera después de que un jurado popular los declarase culpables, el TSJA argumenta en el caso del asesino de Galera que en los hechos probados “sólo se dice” sobre la tenencia ilícita de armas que tomó un arma de fuego “de fabricación artesanal, montada con proyectiles tipo cartucho de 12 milímetros con perdigones de 9ª categoría”. “Se basa en la propia declaración del acusado y en puridad debió ser apreciada como una atenuante de confesión. Se trataría pues de una pena arbitraria o basada en inatendibles razones”, dice.











Temas relacionados

para ti

en destaque