El forense no ve asistencia indebida al paciente de Sierro que murió en 2012

El informe presentado al juez cree que la atención de los profesionales de Olula del Río "siguió las reglas de normopraxis médica"

Europa Press
12:50 • 04 mar. 2014

El informe forense entregado al juez que investiga si existió homicidio por imprudencia en la muerte de un vecino de Sierro de 63 años en 2012 concluye que los tiempos de respuesta del 061 fueron "muy cortos" y afirma que el hecho de que no hubiese ambulancia disponible "para acudir con más celeridad a su domicilio es por motivos ajenos a los centros de salud" de los municipios próximos de Olula del Río y Macael.

"En ningún momento se aprecia indebida asistencia sanitaria pues se estuvo en permanente contacto con el equipo coordinador de emergencias sanitarias", remarca el informe y que también apunta a que, debido al cuadro de patologías que sufría el paciente, "es probable que hubiera sobrevenido la muerte a pesar de una asistencia sanitaria inmediata".

"La asistencia sanitaria llevada a cabo por los profesionales sanitarios de Olula del Río siguió las reglas de la normopraxis médica, es decir, se ajustó a la lex artis médica", indica la forense, quien señala que "no es posible determinar inequívocamente las causas del fallecimiento".

Cabe recordar que la asociación El Defensor del Paciente elevó en abril de 2012 una denuncia ante la Fiscalía que, a su vez, remitió la causa al Juzgado de Instrucción Unico de Purchena para pedir que se investigase la muerte al considerar que podría haberse ocasionado "el fallecimiento por falta de atención médica adecuada". La familia sostiene que fue por "una denegación de asistencia continuada" por parte del 061 durante tres días y debido a una demora "injustificada" en la llegada de la ambulancia.

Sorpresa y alarma

En un comunicado, la asociación ha trasladado su "sorpresa" y "alarma" ante el hecho de que el informe de la forense establezca "sin más que nadie tiene la culpa de que no hubiese ambulancia disponible para atender" a A.M.V., quien, según remarca, "murió en nada menos que cuatro horas que transcurrieron desde la primera llamada" para pedir asistencia.

Ha señalado que resulta "incomprensible" que, con independencia de que las ambulancias de Olula del Río y Macael estuvieran en ese tiempo ocupadas, no se procediese a avisar a cualquier otra ambulancia o helicóptero, "dejando que el paciente se deteriorase hasta su muerte".

En este punto, el Defensor del Paciente hace referencia a un extracto de la transcripción de las llamadas que ha remitido el 061 al juez instructor de la causa y en el que se recoge como el médico de Macael comunica a la hija del fallecido: ""le voy a decir una cosa, ahora mismo no hay ambulancia para ver a su padre... Más claro no puedo decírselo", y, que tras la respuesta de ella diciendo que manden la que dicen está en Huércal-Overa, le dice: "tardan más de dos horas en volver".

Ante las conclusiones del informe emitido por el Instituto de Medicina Legal (IML), "inaceptable para el ciudadano contribuyente", el letrado Ignacio Martínez ha solicitado al juzgado que se oficie a la Policía Judicial para que elabore un atestado sobre los hechos, identificando a todas las personas intervinientes y los cargos que ocupaban.

Igualmente, ha interesado que se cite a declarar como imputado a quien consta como "médico de Macael" en la transcripción de la llamada y que se dirija oficio al director del Area Sanitaria Norte de Almería para que informe dónde se encontraba la ambulancia disponible más cercana, o helicóptero, para haber acudido a la urgencia de Sierro del 4 de marzo de 2012 a partir de las 12,34 horas y motivo por el que no fue avisada.

Denuncia

Según el relato de la familia, dos días antes de que se produjese el fallecimiento, el paciente, afectado de






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