El juez ha archivado la causa por la muerte de un vecino de Sierro (Almería) de 63 años en 2012 después de que el informe forense concluyese que la asistencia sanitaria de los profesionales del centro de salud de Olula del Río "se ajustó a la lex artis" y que el fallecimiento "no tuvo relación de causalidad" con el que no hubiese una ambulancia disponible.
El auto del Juzgado de Instrucción de Purchena, consultado por Europa Press, resuelve sobreseer las diligencias por un presunto delito de homicidio por imprudencia y rechaza que se deban practicar las pruebas interesadas por la Asociación El Defensor del Paciente.
Esta solicitó la elaboración de un atestado sobre los hechos, identificando a todas las personas intervinientes y los cargos que ocupaban, y la declaración en calidad de imputado del médico de Macael para informar dónde se encontraba la ambulancia disponible más cercana, o helicóptero, para haber acudido a la urgencia el 4 de marzo de 2012 a partir de las 12,34 horas y motivo por el que no fue avisada.
El juez indica en su auto que el informe médico forense señala que el fallecimiento de A.M.P. "no tuvo relación de causalidad con una indebida o falta de asistencia sanitaria" y que, por tanto, "no resulta debidamente justificada la perpetración de los hechos denunciados".
La citada pericial determinó que los tiempos de respuesta del 061 fueron "muy cortos" y que el hecho de que no hubiese ambulancia disponible "para acudir con más celeridad a su domicilio" fue "por motivos ajenos a los centros de salud" de los municipios próximos de Olula del Río y Macael.
"En ningún momento se aprecia indebida asistencia sanitaria pues se estuvo en permanente contacto con el equipo coordinador de emergencias sanitarias", remarcaba el informe, que también apuntaba a que, debido al cuadro de patologías que sufría el paciente, "es probable que hubiera sobrevenido la muerte a pesar de una asistencia sanitaria inmediata".
"La asistencia sanitaria llevada a cabo por los profesionales sanitarios de Olula del Río siguió las reglas de la normopraxis médica, es decir, se ajustó a la lex artis médica", indicaba la forense, quien apuntaba que no era "posible determinar inequívocamente las causas del fallecimiento".
Cabe recordar que la asociación El Defensor del Paciente elevó en abril de 2012 una denuncia ante la Fiscalía que, a su vez, remitió la causa al Juzgado de Instrucción Unico de Purchena para pedir que se investigase la muerte al considerar que podría haberse ocasionado "el fallecimiento por falta de atención médica adecuada". La familia sostenía que fue por "una denegación de asistencia continuada" por parte del 061 durante tres días y debido a una demora "injustificada" de hasta "cuatro horas" en la llegada de la ambulancia.
El letrado Ignacio Martínez ha avanzado en declaraciones a Europa Press que no recurrirán el auto de sobreseimiento de actuaciones dictado en vía penal pero que sí emprenderán la vía contencioso-administrativa al estimar que existe una responsabilidad patrimonial por "mal funcionamiento" del Servicio Andaluz de Salud (SAS).
Denuncia
Según el relato de la familia, dos días antes de que se produjese el fallecimiento, el paciente, afectado de una "patología de insuficiencia renal grave" y con el antecedente de "un ataque al corazón muy grave", fue atendido en el centro de salud de Macael con un episodio de gota. La denuncia sostiene que el médico "hizo caso omiso" a la petición de la familia de llevarlo al hospital de la familia y le remitió a casa "pese a que apenas podía caminar",
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