Ya es oficial. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía pasó ayer de las palabras a los hechos y aprobó el decreto ley que pactaron PSOE y Ciudadanos en la comunidad para suprimir/rebajar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En la provincia de Almería, al margen de la población que herede bienes de sus antepasados por un valor por debajo de los 250.000 euros, los principales beneficiados serán los agricultores.
Por ejemplo, un almeriense que herede una explotación agrícola tras el fallecimiento de su padre, no pagará ni un euro a la Hacienda andaluza. Suponiendo que el invernadero tuviera un valor de 350.000 euros, hoy tendría que pagar un impuesto de 64.000 euros.
En toda la comunidad, la Junta calcula que cada año no pagarán este tributo alrededor de 400 herederos de fincas, según los datos que transmitieron tras el Consejo de Gobierno tanto el portavoz, Miguel Ángel Vázquez, como la consejera de Hacienda, María Jesús Montero.
El ahorro ‘agrícola’ en su conjunto en Andalucía será de casi 6 millones de euros.
La reforma del impuesto incluye a los herederos de propiedades inmobiliarias y rentas en bancos y cajas de ahorro.
Así las cosas, quienes reciban en el testamento una vivienda (la no habitual) y dinero cuyo valor oscile entre 250.000 y 350.000 euros, tendrán una sustancial rebaja, pues con un base imponible de 320.000 euros pasarían de pagar 56.497 euros a 13.068.
En plena polémica entre el Gobierno andaluz que preside Susana Díaz y el Partido Popular, que apuesta por la eliminación total del tributo, la Junta informó que en la provincia de Almería el año pasado solo pagaron el Impuesto de Sucesiones unos 980 ciudadanos.
En su conjunto, a lo largo de 2015, hubo 18.157 autoliquidaciones. 17.177 herederos no abonaron nada por este impuesto.
Las oficinas de Almería en las que se presentaron declaraciones de herencia en las que resultó alguna cantidad a pagar fueron la Gerencia Provincial de Almería (577 autoliquidaciones), y las oficinas liquidadoras de El Ejido (74), Vélez-Rubio (56), Berja (54), Purchena (54), Vera (45), Huércal-Overa (44), Canjáyar (38), Gérgal (23) y Cuevas del Almanzora (18).
La norma aprobada ayer, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta , modifica el Decreto Legislativo 1/2009 por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por Andalucía en materia de tributos cedidos.
La principal novedad es la ampliación de las deducciones por la herencia de vivienda habitual para los descendientes directos que hubieran convivido con el causante durante los dos años anteriores al fallecimiento. La desgravación oscilará entre el 100% para inmuebles de hasta 122.606,47 euros y el 95% para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros.
Otra de las reformas introducidas es la reducción del periodo de mantenimiento del inmueble recibido de diez a tres años, a partir de los cuales los herederos podrán venderlo.
El decreto ley aprobado supone la primera fase de la reforma del impuesto. La segunda, que se tramitará en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para que entre en vigor el 1 de enero de 2017, corregirá el error de salto que actualmente afecta al tributo y mejorará la ponderación de las deducciones y los requisitos de acceso a las bonificaciones.
De este modo, se aumentará el mínimo exento de tributación para las herencias recibidas por parientes directos, que pasará de 175.000 euros a 250.000 euros. Además, para bases imponibles de entre 250.000 y 350.000 euros se creará una reducción de 200.000 que corregirá el salto en esta franja de herencias.
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