El infierno de la pequeña comenzó en 2006. Tenía entonces 7 años y residía con su madre en el municipio de Roquetas de Mar. La mujer estaba separada y buscaba una nueva vida. Había conocido a un vecino de Almería y mantenía una relación sentimental estable. Cada día, salía a trabajar con la tranquilidad de dejar a la niña a su cuidad, sin sospechar la brutalidad del secreto que escondía.
Los abusos se sucedieron durante años. En la casa familiar o en la residencia natal del violador, las agresiones sexuales reproducían un esquema de violencia, amenazas y sometimiento extremo. La niña quedaba bloqueada, indefensa ante los asaltos perpetrados por el criminal.
El caso estalló 7 años después de la primera agresión sexual. La niña se convirtió en una adolescente y reunió las fuerzas para contar los episodios a su madre, que rápidamente puso el asunto en manos de las autoridades. El Juzgado de Instrucción número Tres de Roquetas de Mar abrió diligencias por un delito de amenazas y delito continuado de agresión sexual.
A principios del año 2016, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería dictó sentencia. El acusado era culpable de violaciones encadenadas durante 7 años aprovechando la superioridad sobre su hijastra, sin capacidad de defensa.
Esta sentencia no era firme hasta ahora. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos y ha confirmado una condena de 14 años y 4 meses de prisión para el acusado, que además tendrá que responder con el pago de una indemnización de 120.000 euros por los daños psicológicos causados a la menor.
“El acusado ha estado perpetrando tales encuentros sexuales no consentidos con la menor, con las connotaciones antes descritas, hasta aproximadamente junio o julio del año 2013, cuando la menor contaba ya con catorce años de edad”, señala la resolución del TS.
Daños psicológicos
La sentencia relata un durísimo capítulo de hechos probados y considera suficientes las pruebas de cargo con el acusado, de nacionalidad española y carente de antecedentes penales.
Los forenses no hallaron elementos concluyentes en la exploración física, aunque sí muestras de los efectos psicológicos ocasionados por los abusos continuados a la menor de edad. “Tras el examen del informe de valoración psicológica emitido por el Instituto de Medicina Legal de Almería entre otros, y después de doce sesiones de tratamiento con la menor, la perito ilustró sobre (...) elementos identificadores de violencia sexual”, explica el TS. “Presenta una sintomatología ansioso depresiva plenamente compatible con una vivencia de violencia sexual, tales como baja autoestima y autoconcepto, aislamiento efectivo generalizado, desagrado de su propio cuerpo, incomodidad respecto al sexo, relatando la perito la desconfianza de la menor con los chicos; no habiéndose detectado elementos que hicieran pensar que concurre fabulación en el relato efectuado por la menor”.
Además, los médicos analizan la verosimilitud de una agresión extendida en el tiempo, no denunciada hasta que cumplió los 14 años. “Finalmente, manifestaron las peritos que es lógico que hayan pasado tantos años ocultando las fatídicas vivencias pues suele ser habitual en los menores de edad”.
“Las conclusiones del informe de valoración psicológica del Instituto de Medicina Legal de Almería y los resultados de la prueba pericial psicológica practicada reflejan los graves problemas emocionales que padeció la víctima a consecuencia de la agresión sexual sufrida, así como la inexistencia de fabulación por su parte”.
El tribunal, por su parte, absuelve al acusado de un delito de amenazas (la menor acusó al varón de atemorizarla con amenazas a su madre). La Justicia también establece límites a la futura puesta en libertad del acusado. Una vez cumpla los 14 años y 4 meses de cárcel establecido, tendrá que asumir otros 5 años de vigilancia para evitar cualquier tipo de reincidencia delictiva. Además, se establece un plazo de 20 años de prohibición de acercamiento.
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