El Ayuntamiento de Almería y Joisan (la unión entre Joigca y Santaella) llevan ya más de once años de relación que fue de amor cuando se les adjudicó la parcela comercial de El Toyo, y que tras varios contenciosos, ahora es de permanente discusión jurídica.
La última tenía el desenlace en la pasada Junta de Gobierno en la que se desestimaba un recurso de la concesionaria de la parcela para no pagar la carga de costos de registrar la parcela. Se trata de una cuestión compleja, de tipo técnico y jurídico, pero en la que el Ayuntamiento ha contestado como en las peticiones anteriores, de forma negativa.
A pesar de que éste es un tema menor y muy técnico, lo cierto es que la situación entre concesionaria y ente municipal se ha convertido en un cruce de pleitos principalmente por la empresa ante cualquier pago.
Y el principal problema, que la parcela sigue sin desarrollarse y que la intención municipal no pasa por recuperar un suelo vendido en época de bonanza por 16.917.361 euros y que posiblemente no alcanzaría ese precio en la actualidad.
Desarrollo
Mientras, y a pesar de que se han buscado varias opciones para el desarrollo comercial que van desde la puesta en marcha en diferentes fases, e incluso apostando por arrancar solamente con la puesta en marcha de la parte correspondiente a supermercado de la gran superficie prevista, lo cierto es que desde Joisan no se ha avanzado en el proyecto y ni visos de ponerse en marcha.
Cabe recordar que desde el año 2013 se abría un proceso judicial tras la apertura por parte del Ayuntamiento de un procedimiento sancionador a Joisan en el que se reclamaban 300.000 euros por no haber iniciado las obras del centro comercial en la urbanización de El Toyo cuando, según consta en el contrato, tenían un año para ello y después en Junta de Gobierno se otorgaron dos más que ya habían transcurrido. Es entonces cuando desde la empresa, que ya había solicitado al ente municipal el rescate de la parcela, inició el procedimiento judicial alegando que la convocatoria del Pleno en el que se aprueba la había realizado el teniente de alcalde, Juan Megino, y no el alcalde, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador, sin haberse publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el decreto de delegación de funciones.
Reclamación
La sentencia del año 2015 desestimaba la petición de ser declarado nulo de pleno derecho al existir una resolución sobre la delegación de funciones por lo que considera que la publicación era “accesoria”. El TSJA incidía en octubre de 2016 en la legalidad de los acuerdos afirmando que no podían entrar a valorar el contenido del contrato, y por último el Supremo no lo admitía a trámite en junio de este mismo año.
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