Ana María Baños sufría un brote psicótico y puede evitar la prisión permanente

La acusación presenta un informe alternativo a los forenses para alegar que no estaba enferma

La acusada sale del Palacio de Justicia de regreso a El Acebuche
La acusada sale del Palacio de Justicia de regreso a El Acebuche La Voz
Javier Pajarón
16:56 • 18 mar. 2021

El juicio oral por el crimen del pequeño Sergio Fernández de siete años de edad alcanza un punto clave para dilucidar la responsabilidad penal de Ana María Baños. Nadie duda sobre la autoría de la muerte. La acusada asfixió a su hijo con el cordón de un albornoz en la vivienda familiar en Huércal de Almería en octubre de 2019. Sin embargo, las partes debaten sobre la salud mental de la procesada y su incidencia sobre su imputabilidad.

Como avanzó LA VOZ DE ALMERÍA, los forenses del Instituto de Medicina Legal de Almería diagnosticaron a Baños un “trastorno psicótico” que afecta parcialmente a sus capacidades volitivas y abren una vía a la defensa para evitar la prisión permanente revisable.

Los forenses confirmaron en la sesión del juicio celebrada este jueves que la acusada “sufría una alteración” de sus capacidades, pero no “una anulación”. “Había una base psicótica, pero sí había una conciencia parcial de los hechos”, señalaron a preguntas de la Fiscalía. “No encontramos rasgos de psicopatía”.

Ana María Baños había tenido en su historial dos brotes psicóticos diagnosticados antes del crimen. El primero se produjo en el año 2017, fue tratado por especialistas y remitió. El segundo se detectó en julio de 2019, obligó a ingresarla en Salud Mental de manera forzada y no había remitido completamente, según la valoración del IML. La muerte del pequeño Sergio Fernández se produjo en octubre.

La acusada manifestó que había abandonado el tratamiento. Los forenses dudan, porque no hay información fiable sobre si Baños tomaba o no la medicación en el periodo entre julio y octubre. Se sabe, no obstante, que se saltó en septiembre una consulta con servicios de “salud mental comunitaria”.

“Presentaba un cuadro psicótico. Es como si estuviera viendo una realidad paralela y no es consciente”, señaló el perito. “Habla en primera persona, pero como si fuera de una tercera persona.  Son hechos ilógicos, aparentemente absurdos, pero no es absurdo en un contexto psicótico”.

Los médicos aseguran que “no existe una motivación como tal”, un rasgo propio de estos trastornos mentales. “No creo que nunca entendamos la motivación”, añadió el forense durante su comparecencia en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.

Este análisis pericial coincide con la versión ofrecida por los agentes de la Guardia Civil sobre el comportamiento “anormal” de la acusada en el momento de su arresto, donde preguntaba constantemente por su hijo, al que había llevado sin vida desde Huércal de Almería hasta Las Norias de Daza (El Ejido).

La prueba pericial puede ser determinante para el juicio con jurado y plantea un contexto sobre el que no existe jurisprudencia. Esto es, la prisión permanente revisable entró en vigor en 2015. La aplicación de atenuantes para esta pena, donde no hay grados, ha generado diversas controversias como han revelado sentencias de la Audiencia Provincial de Valladolid (junio de 2019) y la Audiencia Provincial de Bilbao (diciembre de 2019). Sin embargo, no existen casos de la aplicación de atenuantes o eximentes incompletas por la alteración de las capacidades volitivas (a la espera del juicio por un crimen en Valencia).

La acusación particular presentó un informe alternativo defendido por dos médicos para argumentar que Baños estaba “afectada” y “frustrada”, pero carecía de cualquier patología. Su comportamiento reflejaba “un estado psicológico, pero no una enfermedad”.

Esta es la posición que ha sostenido la familia desde el principio del suceso, en contra de la valoración del Instituto de Medicina Legal de Almería. En esta disputa se dirime la prisión permanente revisable. El trastorno es, en la práctica, el único argumento sólido de la defensa.

Por otra parte, los forenses encargados del levantamiento del cuerpo y su posterior análisis confirmaron que el menor “no se defendió” ante la evidente “diferencia de fuerza” con la agresora. El niño tenía apenas 24 kilos y sufría el ataque a manos de su madre. Estos elementos apuntan a la existencia de varios tipos de alevosía.



Una mirada al padre

Ana María Baños siguió la vista casi inmóvil, sentada bajo dos grandes pantallas usadas para las videoconferencias. Pareció ajena a la sesión del juicio oral, con la espalda encorvada hacia delante, los hombros caídos y las piernas colocadas hacia detrás en la silla. Escuchó el relato sobre las lesiones que le ocasionó al menor en el cuello sin apenas gestos, mientras más atrás, en la bancada, los familiares de la víctima sufrían dolorosamente cada apreciación de los forenses. Baños pareció hacer gala a ese cuadro de una realidad paralela de la que hablan los médicos, aunque curiosamente persiguió con la mirada al padre del pequeño Sergio cuando abandonaba la sala escoltada por una pareja de policías nacionales, de vuelva a El Acebuche.










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