La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de seis años de cárcel para un varón por un delito de abusos sexuales con penetración cometido en abril de 2017 en el entorno de Huércal-Overa.
El TS valida las pruebas de cargo y condena al acusado a pena de prisión y al pago de 20.000 euros por los daños morales y las lesiones psicológicas ocasionadas a la víctima, acreditados por las pruebas periciales aportadas al procedimiento.
Los hechos se produjeron una madrugada del mes de abril en una vivienda donde se encontraban cinco personas (el acusado y su pareja, la víctima y dos personas más). Según la sentencia, el procesado dio una pastilla de un tranquilizante a la víctima “con ánimo de anular su voluntad” y con “evidente ánimo lascivo”. La mezcla con las copas la dejó sin capacidad de reaccionar. “Había consumido gran cantidad de alcohol”, recogen los hechos probados.
El acusado perpetró el abuso sexual “aprovechando la circunstancia de vulnerabilidad de la víctima, por encontrarse ésta en estado de semiinconsciencia,” y le generó “un trastorno postraumático moderado”.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería condenó al acusado a seis años de cárcel por el delito sexual, sin embargo, la defensa presentó un recurso y pidió la absolución. “Pone en tela de juicio la credibilidad y fiabilidad del testimonio de la víctima, dado el comportamiento de la misma, no considerando acreditado que la secuela psicológica fuera desencadenada por los hechos denunciados, pudiendo deberse a otras situaciones,como la relación con su marido”, señala el recurso.
El acusado se defiende argumentando que “se trató de una relación sexual consentida, estando ambos en pleno uso de sus facultades, y que él depuso en su aptitud cuando se dio cuenta de que moralmente no estaba bien lo que estaba haciendo, pues su esposa estaba durmiendo a dos metros de distancia”.
También menciona “la forma provocativa en que bailaba la denunciante” esa noche. Habla de “la actitud de la denunciante con los hombres asistentes a la fiesta y su forma de bailar tan explícita y sexual".
En cambio, el TS rechaza estos argumentos de plano y afirma que “la declaración de la víctima reviste credibilidad y que la prueba practicada es suficiente para enervar el derecho ala presunción de inocencia y fundamentar la condena”. Considera que hay pruebas para acreditar una abuso sexual.
“Sufrió una escoriación en la horquilla vulvar y daños psicológicos, con secuelas derivadas del trastorno postraumático moderado que sufre, conforme a lo informado por el médico forense”, añade la sentencia. El acusado tendrá que cumplir también una medida de alejamiento y prohibición de comunicaciones.
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