10.000 euros por pasar un año en prisión por un delito que no cometió

Viajó de Almería a Burgos a conocer a una chica y se vio envuelto en un caso de drogas

Audiencia Provincial de Almería
Audiencia Provincial de Almería La Voz
Javier Pajarón
07:00 • 13 abr. 2021

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Justicia a abonar una indemnización de 10.600 euros a un vecino de El Ejido detenido por error en una operación contra el tráfico de drogas en Miranda de Ebro.




El demandante pasó 367 días en prisión provisional en el centro penitenciario de Burgos, a unos 800 kilómetros de distancia de su lugar de residencia, y luego resultó absuelto en el proceso penal por falta de pruebas.




El afectado tenía su domicilio en la provincia de Almería, donde trabajaba como temporero en los invernaderos. Según consta en la sentencia, en marzo de 2012 viajó hasta Burgos para conocer a una chica con quien mantenía contacto a través de Internet y allí se vio atrapado en un proceso del que era ajeno.




“El acusado ha señalado en todo momento que se encontraba en dicho domicilio de paso, que solo paso la noche que se produjo la entrada y registro, que él trabajaba en Almería y que había ido a Miranda de Ebro a pasar unos días con una chica que había conocido en Internet”, dijo la sentencia penal de Burgos. “Los testigos que han depuesto, entre ellos el dueño de la vivienda y su hijo, afirman con rotundidad nunca haber visto al acusado en la vivienda, que no era el que la había alquilado, ni de los que habitaban en ella”.




El ciudadano resultó absuelto en el proceso judicial, aunque tuvo que esperar seis años para conocer la sentencia y pasar 367 días en prisión provisional entre el 10 de marzo de 2012 y el 12 de marzo de 2013.  Según consta en la sentencia de la de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el letrado del afectado presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ministerio de Justicia.

Un daño objetivo



La sentencia reconoce ahora la existencia de una daño. “Hemos de indemnizar la ausencia de libertad y el daño moral que deriva de ello, considerando la afectación que ello ha tenido en la persona del demandante en función de las circunstancias personales y el tiempo de privación de libertad”.




El demandante reclamó 120.000 euros de indemnización por el daño ocasionado y argumentó la pérdida del empleo en un invernadero solo cinco días después de su arresto en Miranda de Ebro. "Se causó indefensión en tanto que, por su condición de detenido, le era imposible acreditar los hechos que manifestó, por lo que comunicó cuando tuvo la oportunidad,ante la Policía Nacional y el juzgado, que trabajaba en un invernadero, que tenía contrato, nominas... ofreciendo el contacto de su jefe”, explica el recurso.




 “Esta información el juez la obvió al trasladar al imputado la carga de probar su relación laboral e incurriendo en un menoscabo de su derecho a la tutela judicial efectiva”, añade.


La sentencia de la Audiencia Nacional, sin embargo, rebaja sustancialmente la entidad de la indemnización porque considera que no está acreditado que el afectado estuviera trabajando en el momento de los hechos. Además, realiza un cómputo sobre su empleo anterior, sometido a temporalidad, y calcula en 10.600 euros la cantidad final a pagarle.


Cálculo de la indemnización

Los cálculos de la indemnización que debe pagar el Estado al vecino de El Ejido depende de varios factores. El cómputo resulta del “concepto de lucro cesante, por el tiempo que no pudo es desempeñar actividad laboral remunerada (21,38 euros por día)” en relación a su informe de vida laboral (periodos que estuvo dado de alta). Se le descuentan los días que trabajó dentro de la cárcel. Y 367 días en la cárcel se traducen en 10.603,5 euros. La cantidad está muy lejos de los 120.000 euros que reclamaba en la demanda por la pérdida del empleo y los daños morales por un proceso que tardó seis años en resolverse con una sentencia absolutoria.



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