Condenan al SAS a pagarle un millón por perder la visión tras una operación

A. sufrió una pérdida de visión del 76% por un mal control tras una operación por obesidad

A.R.M. fue intervenido en 2007 en el Hospital Torrecárdenas de Almería.
A.R.M. fue intervenido en 2007 en el Hospital Torrecárdenas de Almería. La Voz
Javier Pajarón
10:45 • 10 may. 2021 / actualizado a las 11:01 • 10 may. 2021

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a la aseguradora Zurich a abonar 611.000 euros de indemnización por una mala praxis en el seguimiento de un paciente con obesidad mórbida en el Hospital Universitario de Torrecárdenas.

El demandante A. de 29 años de edad se sometió a una intervención quirúrguica el 26 de septiembre de 2007 en Almería para tratar un grave problema de obesidad y, según los tribunales, sufrió un seguimiento negligente en los meses posteriores que acabaron provocándole una pérdida de visión del 76 por ciento.

El TS desestima el recurso de la compañía de seguros del Servicio Andaluz de Salud (SAS) de la Junta de Andalucía y mantiene el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid por lesiones en el nervio óptico y en la movilidad de cintura para abajo. “Tras esta intervención no se le hizo el control nutricional protocolario y por ello sufrió un síndrome carencial por el que tras múltiples actos médicos se le reconstruyó el intestino por malabsorción. Consecuencia de lo anterior el paciente sufrió gran pérdida de visión de ambos ojos, y otros daños”, explica Asociación el Defensor del Paciente.

El letrado Ignacio Martínez interpuso demanda contra Zúrich como aseguradora del SAS por entender básicamente “que no  se le hizo control postoperatorio nutricional imprescindible para evitar el síndrome carencial que provocó los daños”. Los tribunales le dan la razón.

Las partes no discuten la mala praxis y han centrado sus alegaciones en la posible prescripción de las responsabilidades y en el cálculo de la indemnización para el paciente A. por las lesiones ocasionadas. El deterioro después de la “cirugía bariátrica” el 26 de septiembre de 2007. Recibió el alta médica el 7 de octubre y comenzó a padecer el “adormecimiento de los miembros inferiores” en febrero de 2008 como parte de un síndrome de “malabsorción intestinal” que le provocó una severa anemia.



Cronología



Para el mes de mayo de ese año, A. ya no podía caminar y sufría una “neuropatía óptica” que afectaba a su visión en ambos ojos. En junio de 2009 se le tuvo que reconstruir el intestino para atajar el deterioro progresivo de sus condiciones, que ya había mermado un 20 por ciento su campo visual, según los informes médicos.

Tres años después, A. era derivado a la Unidad del Dolor por sus problemas articulares. Los médicos no conseguían frenar el empeoramiento desde la primera intervención en septiembre de 2007. Y la situación se agravó aún más.

El 11 de mayo de 2015 tuvo que ser nuevamente intervenido por obesidad, con una cirugía “reparadora de los miembros inferiores”. Cuatro días después se le diagnosticó un “quiste maxilar” y un año más tarde, en agosto de 2016, un trastorno metabólico.

Los tribunales consideran que la mala praxis se produjo por “no haberse realizado un control postoperatorio nutricional” en un caso de riesgo por la existencia de una “obesidad mórbida”, lo que generó el empeoramiento progresivo de su estado de salud.

La Asociación el Defensor del Paciente, con el letrado Ignacio Martínez como representante en el proceso, argumentó que existió una mala práctica médica en el seguimiento de A. y que las responsabilidades del SAS no estaban prescritas. Con intereses legales rondaría el millón de euros.
 
“A pesar de los nueve años transcurridos desde los daños hasta la demanda, el letrado del paciente entendía que la acción no estaba prescrita, pues durante ese período las lesiones fueron evolucionando hasta un estado de secuelas de importante invalidez por el que el 10 de diciembre de 2015 se le reconoció un grado de discapacidad definitivo del 76 por ciento por la Junta de Andalucía, siendo que antes de que transcurriese un año se formalizó reclamación a la demandada”, indica la entidad.








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