Anulada una condena de un año de cárcel por el silencio de la víctima

El tribunal duda del origen de las lesiones y revoca una condena de un año de cárcel

Javier Pajarón
07:00 • 20 may. 2021

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha revocado una condena de un año de prisión para un vecino de la capital acusado de agarrar por el cuello y golpear a su compañera sentimental.


El acusado D., representado por el letrado Antonio Ruiz, fue condenado a un año de prisión por un delito de lesiones en el ámbito familiar tras un juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal número Dos de Almería.


Sin embargo, la Audiencia Provincial acepta la argumentación de la defensa y absuelve a D. de las acusaciones. “La sala no encuentra razones suficientes para considerar debidamente probado el hecho constitutivo de la infracción penal por la que se condena al acusado”, dice la resolución.




El tribunal entiende que D. se acogió a su derecho a no declarar y que esto, contrariamente a la interpretación del Penal Dos de Almería, no debe entenderse como “la aceptación de los hechos”.


Tampoco la perjudicada declaró y solo aportó algunos detalles a los agentes de la Policía Nacional que la atendieron. “La señora dijo que se los había causado su pareja, pero los agentes no fueron testigos directos de la agresión, ni siquiera de haber presenciado u oído discusión o altercado entre la pareja al llegar al domicilio”, precisa la Audiencia de Almería.



El comportamiento posterior de la mujer es determinante. “Tanto ante el Juzgado de instrucción, que no ratificó la denuncia y se negó a acudir al médico forense, como en el plenario que se acogió a su derecho a no declarar”.


La revocación de la condena se produce, además, a pesar de la existencia de un parte de lesiones de urgencias. Tras analizar las actuaciones, el tribunal dice que los indicios “generan dudas sobre el origen de tales lesiones” y prima la presunción de inocencia. Por eso absuelve a D.




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