La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un ciudadano marroquí a cinco años y seis meses de prisión por transportar a un migrante irregular oculto en su vehículo, en un hueco habilitado en el depósito de gasolina.
La sentencia, que ha sido ratificada por el Tribunal Supremo, condena al conductor del turismo embarcado en el ferry entre la ciudad autónoma de Melilla y el Puerto de Almería en octubre de 2019.
Un control de la Guardia Civil descubrió a un joven en situación precaria en un habitáculo habilitado bajo el asiento trasero. “Estaba situado bajo asiento trasero, con unas dimensiones aproximadas de un metro y 20 centímetros de largo, 50 centímetros de ancho y 20 centímetros de alto, formado por la estructura metálica del depósito original de combustible del vehículo, del que se había cortado la parte superior de la chapa que carecía de todo revestimiento interior”, señala los hechos probados.
La apertura de asiento trasero exigía reclinar la parte posterior del mismo mediante el accionado del sistema de anclaje. Sobre el asiento se habían colocado bolsas, menaje de hogar y maletas.
Según los informes policiales, cuando el joven fue extraído el habitáculo en el que fue encontrado “no podía respirar bien, iba bastante mal y casi no se mantenía en pie”. El tribunal aplica al acusado un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, agravado por el peligro para la vida del migrante magrebí. Este artículo ha sido discutido en otros procesos judiciales contra el tráfico de seres humanos.
En este caso, el tribunal recoge la tesis del perito y señala que “existía riesgo para la integridad personal o para la vida del inmigrante, al obstaculizar gravemente funciones del organismo esenciales para la vida, de común conocimiento, como lo es la respiración o facilitar la posible inhalación de gases tóxicos, que también es de conocimiento general que puede provocar el fallecimiento de una persona”.
“Era imposible que el acusado ignorase las condiciones en las que se procedía al traslado del inmigrante y que éstas entrañasen un riesgo vital para este último”, concluye el TS.
Impone una condena, ahora firme, de cinco años y seis meses de prisión por un delito contra los ciudadanos de extranjeros. “Se generó un grave riesgo para la vida del inmigrante”.
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