Los magistrados de la secciones penales de la Audiencia Provincial examinarán de oficio 179 condenas por delitos sexuales dictadas en Almería y todavía en fase de cumplimiento. Los jueces almerienses siguen la senda marcada por el Tribunal Supremo y estudiarán posibles rebajas de penas por la aplicación de la nueva Ley integral de libertad sexual, conocido popularmente como ‘Ley de solo sí es sí’ o ‘Ley Montero’.
La reforma del Código Penal estaba pensada para endurecer conductas antes castigadas como abusos sexuales y, por tanto, mejorar la protección de las víctimas. Sin embargo, la unificación del delito en un gran apartado de agresiones sexuales (violaciones) hizo que los umbrales inferiores de las penas bajaran y, por tanto, que comenzarán a llover los recursos de acusados y condenados.
La Audiencia Provincial de Almería anunció que revisaría los procedimientos de manera individual, analizando las circunstancias particulares de cada caso para respetar de manera rigurosa los derechos de las partes. De momento, el órgano judicial ha recibido 21 recursos de revisión presentados por las defensas. La Sección Segunda prevé resolver en las próximas horas uno de estos casos, aunque no ha trascendido el sentido de la decisión.
Aplicación
Además de estos recursos, la Audiencia Provincial de Almería ya se anticipó hace algunas semanas a la posible avalancha de peticiones y solicitó a Instituciones Penitenciarias datos sobre el número de reclusos que cumplen condena por sentencias dictadas en la provincia y susceptibles de ser discutidas por la aplicación de la nueva ley.
Son personas condenadas por delitos sexuales en juicios celebrados en la propia Audiencia Provincial de Almería y en los Juzgados de lo Penal. De los condenados, 70 están cumpliendo condena en El Acebuche y el resto está repartido por prisiones de todo el país (menos Cataluña).
Estos 179 casos corresponden a condenas activas, vigentes, en fase de cumplimiento, con independencia de que los afectados estén en régimen de internamiento, gocen de los beneficios del tercer grado o simplemente estén sometidos a medidas telemáticas de seguimiento.
La Audiencia de Almería va a estudiar cada proceso, aunque esto no quiere decir que todos ellos se vayan a beneficiar de la aplicación más favorable de la pena, de acuerdo a la reforma del Código Penal.
Tribunal Supremo
Fuentes judiciales consultadas por LA VOZ DE ALMERÍA insisten en que el análisis de los procedimientos será individual y que solo caben rebajas en unos supuestos concretos (por ejemplo, cuando no se han aplicado agravantes).
El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre dos casos, con una lectura coincidente con la corriente general marcada por los operadores jurídicos, a saber, que “la acomodación de la pena al nuevo texto penal tras la LO 10/2022 es obligatoria por aplicarse la retroactividad de la ley penal más favorable al reo en virtud de ley posterior más beneficiosa, como en este caso ha ocurrido”.
Este jueves, la Sala de lo Penal ha anunciado la rebaja de la condena de nueve años a cuatro años y seis meses de prisión a un hombre que realizó tocamientos en los glúteos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor de edad, mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019.
Las modificaciones de condenas se han repetido en numerosas Audiencias Provinciales. De momento, en Almería no se ha producido ninguna revisión por aplicación de la ‘Ley de solo sí es sí’.
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