El TSJA revoca la rebaja de condena a un violador

El TSJA ‘recupera’ la condena de seis años de prisión por una agresión sexual con penetración

Palacio de Justicia de Almería
Palacio de Justicia de Almería La Voz
Javier Pajarón
12:39 • 20 mar. 2023

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la rebaja de condena a un violador. La Audiencia Provincial de Almería examinó el procedimiento en aplicación de la reforma de la denominada 'Ley del solo sí es sí' y consideró necesario bajar la pena de seis a cuatro años de prisión, es decir, establecerla en el límite inferior.



Sin embargo, el TSJA ha atendido los recursos de la acusación particular y del Ministerio Fiscal y ha decidido mantener los seis años establecidos inicialmente porque, según la sentencia consultada por LA VOZ DE ALMERÍA, los hechos relatados encajan con la nueva redacción del Código Penal en la mitad, pero no en el límite inferior.



El agresor sexual tumbó a la víctima en una cama boca abajo y se colocó sobre ella para evitar que escapara. "Pese a la clara oposición de la joven", el acusado la agarró por un brazo y el cuello y perpetró la violación. Estos hechos, con el Código Penal antiguo, fueron castigados con seis años de cárcel.



Esta resolución ofrece una idea de la complejidad de las revisiones por la 'Ley del solo sí es sí'. Los tribunales no están bajando las cuantías de manera automática, sino que estudian caso a caso para decidir si procede una modificación o no. De hecho, este procedimiento es el primero en Almería donde la Audiencia Provincial disminuye la pena y el TSJA luego la devuelve a su posición inicial.



La Fiscalía General del Estado había pedido a los fiscales provinciales recurrir todas las disminuciones de pena por considerar que la 'Ley del solo sí es sí', incluso con su actual redacción, permite no tocar las resoluciones antiguas, ya que los hechos pueden situarse dentro de la nueva horquilla de años de prisión.



¿Qué cambió en la Ley?



La norma impulsada por el Ministerio de Igualdad pretendía equiparar abusos y agresiones sexuales en un solo apartado, de modo que la ausencia de consentimiento fuera castigada como una violación aunque no existiera violencia o intimidación. Es decir, está pensada para proteger a las víctimas.



Ahora bien, la unión de los dos tipos penales ha tenido un efecto colateral. La horquilla de penas es más amplia y el límite inferior es más bajo, de modo que acusados y condenados pueden acogerse a la situación más favorable. Hasta ahora la Audiencia Provincial de Almería ha cambiado una de cada tres sentencias.



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