Catorce años después de que se abrieran las puertas del aparcamiento subterráneo municipal ubicado en la calle Padre Méndez, su construcción sigue dando quebraderos de cabeza al Ayuntamiento de Almería. Y es que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería ha desestimado el recurso presentado por el Consistorio ante la sentencia de 2022 que les condenaba a pagar a Ortiz Construcciones y Proyectos “1.287.561,70 euros así como los intereses” de esa cuantía.
Este pleito nace de la negativa de EMISA (cuya gestión asume el Ayuntamiento en 2016) de pagar a Ortiz Construcciones la certificación 24 y liquidación de los trabajos argumentando que el contrato que tenían para la construcción del aparcamiento contaba con “un precio cerrado”.
Bien, en esa sentencia dictada en 2022 se da por probado que efectivamente se realizaron modificaciones y un proyecto complementario “singularmente en la cubierta y en la cimentación a causa de la obra del nuevo edificio judicial” así como “el revestimiento interior de la estructura, cambios de los carriles de la calle, aumentaron los huecos de ventilación, casetón de ventilación y otros cambios”.
Recurso
En primera instancia todos los testigos aseguran que estos cambios estaban autorizados por el director de obra y éste asegura que contaba con la aprobación de EMISA, algo para lo que parece que no hay documentación física.
Dice la sentencia en los fundamentos de derecho que si ahora el Ayuntamiento pretende dar a entender que la dirección facultativa suscribió documentos en representación de EMISA ante la constructora “de riesgo y ventura del contratista” y que no era representante de la empresa municipal, contrasta con todos los testimonios del proceso en primera instancia en el que, salvo la perito municipal, dijeron que “esas mayores obras que se ejecutaban, en unos casos por las incidencias del edificio judicial, en otros por peticiones del propio Ayuntamiento, y en otras por cambios estrictos de Emisa (...) nunca se ejecutaron unilateralmente, sino de forma consensuada entre el contratista y EMISA, quien actuaba a pie de obra”.
En el recurso presentado por el Consistorio se exponen dudas sobre si todas las modificaciones están realizadas y las fechas de presentación de la certificación, algo que rechaza de inicio el tribunal al considerar que “no fue objeto controvertido” en el anterior proceso por lo que “la sala no puede entrar a valorar”.
Cambios
Sí que entra en el “precio cerrado” que pone sobre la mesa el Ayuntamiento. Reconoce que efectivamente existe este precio tasado, pero en dicho contrato se recoge que “no podría modificarse el precio en tanto EMISA no modificara el alcance de las obras a realizar y las funcionalidades prefijadas”.
Consideran desde la Audiencia Provincial que “ni se aprecia error de derecho, ni error en la valoración de la prueba, sino un exquisito y exhaustivo análisis de la cuestión en base a la prueba practicada que justifica la estimación de la demanda y con ella la íntegra desestimación del recurso”.
Para la portavoz del Grupo Socialista, Adriana Valverde, “después de más de 8 años desde que se disolvió EMISA aún nos persigue la nefasta gestión del PP en el Ayuntamiento y aquí nadie asume irresponsabilidades ante semejante despilfarro de dinero público”.
Critica Valverde que "encima nos suben el IBI y nos van a subir el agua y mientras el dinero se va por otro lado en pagos de sentencias (ya llevamos más de 70 millones de euros) y en fotos y vídeos de la alcaldesa para las redes sociales".
“EMISA solo ha traído problemas económicos y, como vemos en esta sentencia, aún quedan rescoldos. El ayuntamiento tuvo en su día que asumir todos los préstamos, todas sus deudas, y hasta ha tenido que asumir a todos sus trabajadores, en su mayoría afiliados o simpatizantes del PP”, afirmó Valverde.
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