Este es el nuevo reglamento para conducir una moto de agua

Aportamos algunos requisitos y consejos para disfrutar de esta emocionante actividad

Socorristas a la orilla de la playa junto a sus motos de agua.
Socorristas a la orilla de la playa junto a sus motos de agua. La Voz
Elena Ortuño
18:20 • 08 ago. 2024

Caminando por el paseo marítimo de Almería un día cualquiera de agosto uno se puede encontrar con un paisaje variopinto de jóvenes, familias y niños disfrutando de la playa, cada uno a su manera. Unos se tumban bajo las sombrillas a sumergirse entre las páginas de un buen libro, otros se agrupan junto a redes ondeantes con la idea de jugar al voley playa o a las palas y la gran mayoría deciden adentrarse en las aguas del Mediterráneo para evitar el acuciante calor.



Si uno sigue su paseo, antes o después se encontrará con un cartel que anuncia emocionantes ofertas para conducir una moto de agua en Almería, una de las actividades más populares gracias a sus precios asequibles y la adrenalina que estas generan. La pancarta no recoge ninguna letra pequeña en la que detalle que es necesario algún tipo de título o permiso para poder ponerse al frente del pequeño vehículo marítimo, pero ¿qué dice la ley al respecto?



Un nuevo reglamento



Según la AMV, empresa de comercialización online de seguros de motos, en 2023 las matriculaciones de estos vehículos acuáticos aumentaron en un 50% con respecto al año anterior, por lo que se deduce que es un deporte muy en boga entre los bañistas españoles. Este verano la demanda no se queda atrás, pero algo ha cambiado: la aprobación de una nueva legislación para conducir las embarcaciones ligaras con menos de cuatro metros de eslora, es decir, las motos de agua.



Hasta el año pasado conducirlas era más o menos sencillo. Con la entrada de agosto, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado la obligatoriedad de tener un seguro de responsabilidad civil. En el caso de utilizar una moto alquilada, se recomienda comprobar que esta cumple la normativa de seguridad y que tenga contratado un seguro obligatorio.



También se requiere que la moto en cuestión esté matriculada. Esta nueva normativa se debe al "incremento constante del parque de motos acuáticas" así como de "sus niveles de potencia" que han hecho necesaria la adopción de medidas para garantizar la seguridad tanto de quienes las manejan como de los bañistas.



Normas básicas

  • Entre las reglas se encuentra la prohibición de acercarse a menos de 50 metros de otro vehículo, persona u objeto flotante. como es natural, para ponerse al volante se debe ser mayor de edad -o mayor de 16 con autorización de tutor legal- y no conducir bajo los efectos del alcohol. Asimismo, al igual que el casco en la bicicleta, también es ilegal conducir sin chaleco salvavidas y sin ropa reflectante o de colores vivaces. 



Sobre la zona de navegación, se considera terreno de las motos de agua el comprendido entre la playa la primera línea de balizas. En caso de no haber, esta se situaría a una franja de 200 metros de anchura desde la orilla. Tampoco se permite conducir en un puerto comercial, con la única excepción de si hay un puerto deportivo ubicado en su interior, al que se podría acudir de manera directa a una velocidad no superior a tres nudos. El resto de reglas varían según se conduzca de forma particular o con una empresa autorizada. 


¿Se necesita licencia?

Siempre que la moto sea de uso personal, el conductor necesitará un carné, algo que no se requerirá cuando se vaya a disfrutar en la modalidad de alquiler, por horas o fracción, en circuito o en excursiones colectivas. En este último caso, sí es necesario que los monitores instruyan como corresponde a los clientes antes de embarcarse.


La titulación necesaria para disfrutar de una moto acuática a cuenta propia es la llamada "Titulación de Recreo". En contraste, si se va en una excursión con un grupo guiado por monitores no se necesitará ningún permiso a excepción, en algunas empresas, del carné B1.



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