Todo lo que debes saber en el adiós a la mascarilla

El nuevo decreto genera muchas dudas entre la población

La mascarilla sigue siendo en los transportes públicos.
La mascarilla sigue siendo en los transportes públicos. La Voz
Mª Ángeles Arellano
14:44 • 20 abr. 2022

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el real decreto por el que se pone fin a la obligatoriedad del uso de las mascarillas en interiores a partir de este miércoles, 20 de abril. A pesar de ello, estas seguirán siendo necesarias en algunos espacios y situaciones, según lo acordado en el último Consejo de Ministros.



Muchas son las dudas que han surgido sobre el uso a partir de ahora de las mascarillas después de más de dos años de pandemia. A continuación aclaramos algunas de ellas. 



Dónde sigue siendo obligatorio el uso de las mascarillas



En el real decreto publicado se establecen los ámbitos donde la mascarilla continua siendo obligatoria entre los mayores de seis años.



-En los centros, servicios y establecimientos sanitarios.



En estos se incluyen los hospitales, los centros de salud, de transfusión de sangre y las farmacias. La mascarilla sigue siendo obligatoria para los trabajadores, los visitantes y los pacientes, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.





-En los centros sociosanitarios.



En ellos se incluyen las residencias de mayores. Los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas tienen que seguir llevándola.


-En el transporte público.

Los usuarios de los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, en los autobuses y en los barcos, así como en los transportes públicos de viajeros, como los taxis, deben continuar llevando mascarillas.


Asimismo, siguen siendo obligatorias en los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.


No es obligatorio su uso en estaciones o andenes.



Excepciones del uso de la mascarilla en lugares en los que se debe usar

No tienen que llevarla en los espacios anteriormente citados aquellas personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.


Tampoco es necesaria en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.


Personas a las que se recomienda el uso de la mascarilla

Se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por Covid-19 que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.


En este grupo se incluyen las personas mayores de 60 años, las inmunocomprometidas, con enfermedades de riesgo importantes y las embarazadas.


Situaciones en las que se recomienda llevarla

Se incluyen estos dos casos:


-En eventos multitudinarios o aglomeraciones.


-En reuniones privadas ante personas vulnerables.


Además, se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado.


Qué pasa en el trabajo

En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.




Y en los centros educativos

Quedan suprimidas del ámbito educativo. A pesar de ello, la Junta de Andalucía aún no ha anunciado cuándo aplicará este decreto y los centros esperan las recomendaciones del Comité  Regional del Covid en Andalucía que se reunirá en breve.


Se recomienda el uso mascarillas entre el profesorado con algún tipo de vulnerabilidad. 



En tiendas, restaurantes o discotecas

Tanto en los espacios de restauración, como bares restaurantes o locales de ocio nocturno, como en cines, teatros salas de conciertos o museos se aconseja el uso responsable de la mascarilla. También en los espacios cerrados de uso público, esto es, en los comercios, centros comerciales o supermercados. Partiendo de esta base, la norma sólo aconseja -pero no obliga- a llevar mascarilla cuando haya situaciones de riesgo o sea imposible mantener la protección de los colectivos más vulnerables.


No obstante, según informa la Cadena SER, los dueños de estos negocios pueden reservarse el derecho de admisión, que se aplica cuando el empresario excluye el acceso a terceros por razones objetivas y justificadas. De esta manera, el dueño sí puede limitar la entrada en su local a las personas que entren sin mascarilla. Este veto quedaría justificado por el uso de un espacio cerrado en el que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado.


El requisito imprescindible para que la empresa ejerza el derecho de admisión es que las condiciones de acceso se muestren en un lugar claro y visible. 



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