El Tribunal Supremo confirma la condena de 4 años de inhabilitación al exalcalde

El ex regidor se benefició de la subasta de dos solares protegidos para construir una piscina

Ángel García fue alcalde desde el año 2009 al año 2011.
Ángel García fue alcalde desde el año 2009 al año 2011.
La Voz
19:16 • 05 jul. 2016

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de cuatro años de inhabilitación para cargo o empleo público contra el ex alcalde de Arboleas, Ángel García por la adquisición de dos solares municipales junto a su vivienda mediante una subasta irregular para la construcción de una piscina.




Los terrenos situados entre la calle Flores y Barranco tenían la condición de Sistema Libre de Espacios, por lo que debían ser destinados a un uso público. Pese a que los acusados “conocían” que los solares “no se podían transmitir”, en 2004, cuando Ángel García ocupaba el cargo de teniente de alcalde,  se puso en marcha un proceso de enajenación de los dos solares colindantes a su vivienda y donde posteriormente construyó una piscina, una caseta y un muro. 




La sentencia confirma el fallo de la Audiencia Provincial del 8 de junio de 2015 que condena al ex regidor socialista por un delito de prevaricación administrativa. El mismo delito por el que han sido condenados los otros dos tenientes de alcalde, los ex ediles Antonio Jesús Gallegos y Ginés García Gómez. En el caso de los dos últimos, al delito por prevaricación administrativa se le suma otro por prevaricación urbanística, por lo que el TS ha ratificado una pena total de ocho años de inhabilitación para cargo o empleo público.




El TS, que ha desestimado los recursos, mantiene la pena de un año y seis meses de prisión por un delito de falsedad y cuatro años de inhabilitación por otro delito de prevaricación para el entonces secretario de la corporación, Fernando García Benito. Los hechos se remontan a 2004 cuando el teniente de alcalde, Ángel García, puso en marcha “un expediente administrativo” para que los solares salieran a subasta. La sentencia se refiere a su “interés en la adquisición de los solares, al residir en un inmueble de su propiedad colindante a las parcelas en las que ideaba construir una piscina”.




El resto de acusados y participantes en el Pleno quedaron absueltos al “no tener pleno conocimiento de que los bienes pertenecían al dominio público”. No ocurría lo propio con los acusados que eran tenientes de alcalde, ya que otorgaban las licencias de obra “y en atención al informe técnico de Diputación  conocían que los solares eran bienes de dominio público que no se podían transmitir. Y aún así intentaron favorecer a su compañero de la corporación, el acusado Ángel García”, zanja la sentencia.

Licencia de obra sin los informes
Sobre la construcción de la piscina del ex alcalde, la sentencia especifica que los tenientes de alcalde dieron licencia de obras “sin recabar” los informes previos, omitiendo “deliberadamente las garantías”. Sobre el ex secretario, la sentencia dice que “faltó deliberadamente a la verdad” y “dio fe de que había consultado el inventario de bienes” y que “constaban los solares” donde se obró “con carácter de patrimoniales”.







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