Desde ayer está en vigor la nueva ordenanza de uso y disfrute de las playas de Cuevas del Almanzora que incluye algunas normas como la prohibición de la práctica del nudismo es las playas consideradas urbanas.
Tras el proceso de alegaciones y el paso por el Pleno para su aprobación definitiva, el texto propuesto inicialmente se ha ‘suavizado’ levemente para permitir la práctica nudista en las playas clasificadas como naturales sin protección especial, ya que en la ordenanza aprobada inicialmente se consideraba textil todo el litoral del municipio.
Quitapellejos
Esta normativa busca dar solución a la problemática surgida en los últimos veranos en la zona de confluencia entre el término municipal de Cuevas con la zona naturista de Vera Playa, en la playa conocida como Quitapellejos, según han manifestado desde el Ayuntamiento cuevano. En esta zona existía, antiguamente, una valla que delimitaba la playa nudista de la textil, pero fue retirada tras las protestas de colectivos naturistas. Por ello, se han llegado a producir altercados entre los propietarios de un chiringuito de la zona y algunos nudistas, que requirieron de la presencia de la Policía Local.
“No nos molesta el nudismo, pero tenemos la obligación de regular el uso de nuestras playas de carácter urbano, que son las más frecuentadas por las familias, pero se seguirá pudiendo practicar el naturismo en las pequeñas calas”, ha explicado a LA VOZ el alcalde de Cuevas, Antonio Fernández Liria.
Las playas que están consideradas textiles, y por lo tanto queda prohibido el nudismo, son las de Palomares, Villaricos, Pozo del Esparto, El Calón y Cala Panizo. Para la aplicación efectiva de dicha determinación se instalarán señales verticales donde se especificará la condición de “playa urbana”.
Hasta 750 euros
La ordenanza estipula sanciones desde los 100 a los 750 euros para la práctica del nudismo en las playas, zonas de baño, zonas de agua de la totalidad del litoral del municipio, según el Artículo 17. Llama la atención que no se distingue aquí entre playas urbanas y naturales, posiblemente por error al copiar literalmente del texto de la ordenanza aprobada de forma inicial en Pleno en el mes de julio.
El Ayuntamiento de Cuevas ha desestimado las alegaciones emitidas por la Asociación Natura World de Vera Playa en base a una sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2016, donde se considera que “la actitud personal consistente en estar desnudo en un espacio público, como la playa, no constituye manifestación del derecho fundamental a la libertad ideológica previsto en el artículo 16 de la Constitución” y que “la entidad local puede limitar el ejercicio de tal actividad prohibiéndola y sancionándola”.
Otras prohibiciones
La nueva normativa tiene por finalidad regular las actividades que se realicen en las playas, con el fin de proteger la salud pública, la integridad física y seguridad de las vidas humanas y el medio ambiente.
Por ello, se prohíbe el uso de barbacoas, de aparatos sonoros o instrumentos musicales cuando por su volumen de sonoridad causen molestias a los usuarios de las playas, la pesca desde la orilla sin autorización previa, la venta ambulante sin licencia municipal, o la acampada en la playa. Asimismo, se prohíbe la presencia y permanencia de cualquier tipo de animal doméstico en la playa durante todo el año. No obstante, la ordenanza incluye que se podrán acotar espacios específicos para garantizar la asistencia con mascotas, previamente delimitada por el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora.
Consulte el artículo online actualizado en nuestra página web:
https://www.lavozdealmeria.com/noticia/3/provincia/141204/la-prohibicion-del-nudismo-se-suaviza-y-se-queda-solo-para-las-playas-urbanas
Temas relacionados
-
Cuevas del Almanzora
-
Medio Ambiente
-
Mascotas
-
Asociaciones
-
Policía Local
-
Nudismo
-
Salud
-
Tribunal Supremo