Las consecuencias del ‘boom’ urbanístico y la proliferación de viviendas fuera de ordenación en la provincia y, sobre todo, en el Valle del Almanzora, siguen protagonizando nuevos episodios judiciales dos décadas después de su aparición. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Almería ha ordenado la paralización de la demolición de una vivienda tras un pronunciamiento en 2005 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que confirmó una sentencia de 2003.
Pese
a la relevancia del auto emitido este 3 de junio por lo que supone para los compradores
de buena fe de la vivienda, el apartado más importante de los que se
reflejan en el auto judicial radica en uno de los argumentos dados
por la sala y que podría significar la ‘salvación’ para otras
tantas cientos de viviendas en la misma situación.
Ese
razonamiento plasmado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
Número 1 de Almería radica en la prescripción del delito solicitada por la defensa del Consistorio albojense, ya que
en el momento de la sentencia de 2003 era de cuatro años. Hoy, nada
menos que dieciocho años después, el pronunciamiento de la justicia
tiene en cuanta este hecho, aunque también se muestra a la espera de
que el Ayuntamiento finalice el trámite para regularizar la vivienda
mediante la figura urbanística de ‘asimilado fuera de ordenación
(AFO).
Decisión "acertada y justa"
En este sentido, el abogado que ha llevado este
procedimiento en defensa del Ayuntamiento de Albox, Alfredo Najas de
la Cruz, ha señalado que la decisión adoptada por el titular del
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Uno de Almería
resulta “muy acertada y justa” al considerar que “demoler una
vivienda después de 18 años de su puesta en pie resulta
absurdo”.
De igual forma, Najas de la Cruz
sostiene que el Juzgado ha ido más allá en su resolución judicial,
ya que no sólo adopta la suspensión de la demolición hasta que no
se reconozca sobre vivienda su situación en asimilado en fuera de
ordenación, sino que incluso “sostiene que la acción de
restablecimiento del orden jurídico perturbado habría caducado,
situación que podría asimilarse a muchas viviendas” que se hallan
en la misma situación, en la que su demolición pende de un hilo.
“Esta argumentación la he venido manteniendo desde hace años en
diferentes procedimientos, y resulta adecuado que la Justicia empiece
a ser proclive a inclinarse por este camino, que es el más favorable
para los ciudadanos, que no tiene ninguna responsabilidad en
otorgamiento de licencias, pero que ven como se las impugnan, y
finalmente se declara la nulidad de las mismas”, aclara.
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