Vélez-Blanco

El TSJA confirma 5 años de prisión a un hombre que apuñaló a otro con un cúter

El agresor había acudido a casa de la víctima para darle el pésame por la muerte de su hermano

Imagen de archivo del pueblo de Vélez-Blanco, donde sucedieron los hechos.
Imagen de archivo del pueblo de Vélez-Blanco, donde sucedieron los hechos. La Voz
Europa Press
17:31 • 07 jun. 2022

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de cinco años y seis meses de prisión para un hombre acusado de asesinato en tentativa después de que apuñalara a otro con un cúter que portaba "oculto entre sus ropas" cuando acudió a su vivienda de Véléz-Blanco para "darle el pésame por el reciente fallecimiento de su hermano".

La Sala de Apelación del Alto Tribunal andaluz desestima los recursos formulados por la defensa del acusado, a quien se aplicó la atenuante muy cualificada de reparación del daño y la atenuante analógica de alteración psíquica por parte de la Sección Segunda de Almería en el momento de imponer la pena tras el juicio celebrado en primera instancia.

Según el fallo, se considera probado que el acusado acudió a la vivienda de la víctima sobre las 23,45 horas del 31 de marzo de 2020 para darle el pésame por la muerte de su hermano, de modo que se tomó una cerveza y ambos estuvieron viendo la televisión hasta que, sobre la una y media de la madrugada la víctima dijo que se iba a acostar.

Fue entonces cuando el acusado entró en el baño antes de marcharse, de modo que al salir empuñó el cúter, se dirigió al sofá en el que se encontraba la víctima sentada y "acercándose por detrás, con una mano le sujetó la cabeza y con la otra le cortó el cuello". Al darse cuenta la víctima de lo sucedido, el acusado se dirigió a él y le dijo "te tengo que matar", al tiempo que ambos forcejearon hasta caer al suelo.

Tras pedirle que se marchara, el procesado se fue mientras que la víctima se quedó en la casa "perdiendo sangre", "asustado" y "alarmado", si bien consiguió llamar a un amigo "que acudió a tiempo y lo llevó al hospital, donde pudo ser atendido".

Como consecuencia de la agresión la víctima sufrió herida inciso cortante en el lado derecho del cuello de ocho centímetros de longitud, así como lesión en el tercer dedo de la mano derecha. Precisó de puntos de sutura que tardó 31 días en curar, toda vez que le han quedado secuelas estéticas moderadas. Las lesiones provocaron un riesgo para su vida.

El procesado, con carácter previo a la celebración del juicio oral, consignó en la cuenta del Tribunal y a disposición de la víctima la cantidad de 14.346 euros, en concepto de indemnización. En el momento de los hechos, el acusado presentaba un "retraso mental ligero" con "trastorno del comportamiento lo que originó una leve disminución de sus facultades mentales".

El tribunal rechaza los recursos de la defensa e incide en que el acusado "logró seccionar el cuello de la víctima" de tal manera que "si no se produjo el resultado de muerte fue por el azar de no haber afectado a los vasos principales", de modo que la agresión en sí misma "es calificable como homicida".

Del mismo modo, incide en que la atenuante de reparación ya se tiene en cuenta en la sentencia de origen "sin que se aprecien razones para intensificar el beneficio en la imposición de la pena", toda vez que la atenuante analógica de leve trastorno mental "ha sido considerada para imponer la pena en la mitad inferior".










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