El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha aprobado en pleno este jueves emprender "acciones" contra el deslinde del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) del tramo de costa que discurre entre el extremo norte de la calle Antonio Machado y las inmediaciones de las ruinas del antiguo cuartel de carabineros junto a la playa de los Bajos de la Romanilla que deja fuera del dominio público marítimo-terrestre dos fincas que suman alrededor de 25 hectáreas en el humedal de la Ribera de La Algaida.
La corporación ha dado el visto bueno al decreto que autoriza el ejercicio de acciones "en defensa de los bienes y derechos" en relación con este deslinde condicionado por una sentencia de la Audiencia de Almería que declara la propiedad privada a favor de una empresa de estas fincas y que el Miteco sostiene que "acata, pero no comparte".
El ministerio lamentó en su resolución de junio de 2022 que, "en virtud de dicha sentencia", se viese obligado a excluir del dominio público marítimo-terrestre "bienes que, según los estudios realizados, tienen las características para ser incluidos", y destaca se dejan fuera "incluso terrenos de playa que son bienes de dominio público marítimo-terrestre según la Constitución Española".
La finca de mayor superficie abarca 19,7 hectáreas de suelo rústico agrario, según los datos del Catastro y se extiende longitudinalmente a la línea de playa a lo largo de más de 600 metros. La segunda finca, más en el interior, se extiende por 5,3 hectáreas de terreno urbano.
Colusión
El dictamen jurídico del Ayuntamiento de Roquetas indica que el deslinde colusiona no solo con "la existencia de las características físicas propias del dominio público marítimo terrestre, sino con la concurrencia de un camino de dominio público municipal que atraviesa dicha finca, así como la titularidad autonómica de la vía pecuaria que también discurre por la misma".
El Consistorio cree, de esta forma, que la ejecución de la sentencia que ha llevado a modificar el deslinde de este tramo de la costa roquetera "excede los estrictos términos del fallo propio de una acción reivindicadora y adopta decisiones que exceden de la jurisdicción civil".
El estudio que sirvió al Miteco para delimitar el dominio público antes de que la resolución judicial firme obligase a modificarlo en 2021 en dos de sus subtramos dejando fuera de protección buena parte del humedal de La Algaida lo elaboró la empresa pública Tragsatec en 2017.
Concluyó el informe que, a pesar de las alteraciones "antrópicas" introducidas en las últimas décadas en la zona, tanto "la restinga" o banco de arena de playa, como "las zonas interiores" de afeccion por oleaje y adyacentes, "han sido y continúan siendo, aunque en menor medida, terrenos sujetos a la influencia marina".
Estudio de campo
El estudio de campo detectó 53 especies de vegetación, 33 de ellas "asociadas" a "terrenos litorales, salinos" y con "abundante humedad" en el suelo y presentes "en todo el ámbito de estudio, Al tiempo destacó la sigularidad de la zona de El Bosque, con una "menor" alteración de la mano del hombre y comunidades de tipo halófilo.
Asimismo, el informe reflejó que, "sobre los vertidos de escombros y tierras", se localizaron "plantas dispersas y fragmentos de comunidades que podrían asignarse a la serie de los artales"
La resolución del Miteco que impuga ahora el Ayuntamiento rechaza las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción y Grupo Ecologista Mediterráneo que pidieron que, pese a la sentencia de 2016, acordase seguir manteniendo el deslinde previsto.
Argumentaron para fundamentar su demanda que la citada sentencia que declara la propiedad privada de esos terrenos "no puede modificar la naturaleza inaleniable del dominio público marítimo-terrestre". El ministerio la desestima y subraya que la sentencia fue declarada firme por el Tribunal Supremo (TS) en 2020, por lo que "es de obligado cumplimiento su aplicación ya que no cabe recurso alguno".
El Miteco resolvió, asimismo, ordenar al Servicio Provincial de Costas en Almería que iniciase las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales que sean contradictorias con el deslinde aprobado sobre 5,9 kilómetros.
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