Este verano algunos vecinos de urbanizaciones y comunidades que
cuenten con piscina pueden encontrarse con un quebradero de cabeza a la hora de
acudir a darse un chapuzón más allá de los habituales acerca de su
uso fuera de horarios. Concretamente, los vecinos que pueden
enfrentarse a un verdadero problema para utilizarla son aquellos que
puedan adeudar alguno o varios pagos a la comunidad de vecinos en
cuestión.
Esta entidad no jurídica formada
por los propietarios puede prohibir el paso al recinto de la piscina
a los vecinos deudores, impidiéndoles hacer uso de la misma. Fue el
pasado año cuando una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal
(LPH) dejó en manos de la comunidad el acceso de los propietarios
deudores a instalaciones comunitarias como la piscina pero que
también puede afectar a otros espacios como las pistas deportivas
que pueda haber.
No todo está tan
claro tras la reforma, puesto que no se estipulan las sanciones que
se aplicarían a quienes infrinjan la normativa, aunque muchas
comunidades cuentan con sistemas de acceso digital que pueden
facilitar estas restricciones.
Acerca de este
aspecto, el vicepresidente del Colegio Provincial de Administradores
de Fincas, Félix Rodríguez, confirma que esta decisión ya está en
manos de las comunidades de propietarias tras una modificación de la
ley que responde a una problemática que venía de atrás. “Se
trata de una regulación a raíz de una resolución sobre una piscina
en Mazarrón, cuando la junta de propietarios acordó que se podía
prohibir el acceso a los morosos”, explica el letrado remontándose
a este caso que supuso un antecedente en 2013.
Una
prohibición que avala la ley puesto que la piscina no está
considerada como “un elemento esencial”, al igual que ocurre con
las pistas de tenis o pádel, entre otras instalaciones.
Rodríguez recuerda que “cuando no se
contemplaba esta posibilidad en la ley se sembraron muchas dudas al
respecto” a la hora de “utilizar esa herramienta para rebajar al
morosidad”. Algo que ha cambiado “con la última reforma de la
propiedad horizontal, donde existe un articulo en el que la comunidad
puede prohibir este tipo de servicios comunes”. Por lo tanto, la
ley “ampara que se le comunique esta decisión al vecino que no
esté al día con las cuotas”.
Sin duda, revisando las
temperaturas máximas con las que ha arrancado el verano, el servicio
que más echarán en falta los deudores en las comunidades donde se
apliquen estas iniciativas será el de la piscina. Está por ver, eso
sí, el grado de cumplimiento de estas prohibiciones y cuáles serán
las reacciones si se da el caso.
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