La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente ha establecido las normas para el proceso de retirada de cadáveres de animales de las explotaciones ganaderas, así como la autorización y registro de los establecimientos que operen con subproductos animales no destinados al consumo humano (Sandach).
La Orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), regula las medidas de mantenimiento de cadáveres en las explotaciones ganaderas para su retirada hacia los lugares permitidos, los procedimientos para la autorización de las plantas intermedias y de almacenado, de transformación o de elaboración, así como la utilización de subproductos animales para determinar la causa de la muerte de los animales y facilitar el diagnóstico de enfermedades.
La Orden establece el funcionamiento del Registro de las plantas de eliminación y transformación de Sandach. Estos subproductos no pueden eliminarse directamente ni destinarse a alimentación de animales; no obstante, hay ciertas excepciones que se regulan en esta norma.
Además, la norma incluye una excepción relacionada con la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en sus zonas de protección, que comprenden las áreas de distribución del Alimoche, el Quebrantahuesos, Buitre Leonado y, parcialmente, el Águila Real, el Águila Imperial y el Milano Negro.
Determina que se permitirá que los cadáveres de animales de las especies ovina y caprina de explotaciones extensivas calificadas como indemnes frente a brucelosis, se destinen a la alimentación de estas especies necrófagas.
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