La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada en septiembre de 2012 por la Audiencia Provincial de Almería en la que se condena a un vecino de Roquetas de Mar a once años y medio de prisión por maltratos continuados a su pareja.
El TS desestima el recurso del acusado. Según consta en el auto, el agresor está condenado por un delito de maltrato habitual, cinco delitos de malos tratos y dos de lesiones, todos ellos enmarcados en tres años de contante violencia física y psíquica (entre 2006 y 2009). En noviembre de 2009 un médico descubrió las heridas de la víctima y dio parte a las autoridades. Hasta entonces la mujer no se atrevía a denunciar por miedo a las represalias de su compañero sentimental.
La sentencia recoge datos sobre las lesiones acreditadas durante los tres años mencionados. “La declaración de la víctima, que se califica como clara, persistente y sin contradicciones, y que describió con detalle los distintos episodios violentos vividos”. Además, castiga al maltratador a un pago de 20.000 euros en concepto de indemnización e impone una orden de alejamiento y comunicaciones. “El informe psicológico unido al procedimiento, que concluye que esta última padece un síndrome de estrés postraumático, con autoestima media y sintomatología de depresión”.
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