El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de tres años y seis meses de prisión impuesta a un hombre que asestó una cuchillada en el rostro a su vecino, con el que había mantenido una discusión la noche anterior y, minutos antes, una pelea en la que ambos se asestaron varios golpes.
El Alto Tribunal rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado, que alegó que había actuado en defensa propia “sin intención de menoscabar” la integridad física de la víctima y argumentó que no había quedado acreditado en juicio que fuese él el que portase la navaja al empezar la riña.
Según se recoge en los hechos probados, el acusado abordó a su vecino para pedirle explicaciones sobre una discusión que habían mantenido la madrugada anterior, lo que provocó el inicio de una nueva disputa en la que se golpearon para, a continuación, marcharse a casa.
La sentencia señala que una vez se hallaban en la calle en la que ambos residían, se dirigió a la víctima y le “retó a esperarle en actitud claramente agresiva”. Después, entró en su domicilio, situado enfrente del de su vecino, y salió portando un cuchillo de cocina de unos 20 centímetros de hoja.
El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería consideró probado que el acusado agredió a la víctima y le causó, entre otras, una lesión en el rostro consistente en una herida inciso lineal, desde el pabellón auricular derecho hasta la comisura labial.
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