La Junta controlará más los horarios y el ruido en locales del puerto deportivo

La intervención del Defensor del Pueblo Andaluz tras una queja logra que se adopten medidas

El puerto deportivo cuenta con una importante zona de ocio, con restaurantes y bares.
El puerto deportivo cuenta con una importante zona de ocio, con restaurantes y bares.
Eva de la Torre
20:53 • 28 ago. 2015

El Defensor del Pueblo Andaluz, tras la tramitación de una queja por los elevados niveles de ruido que generan la música de algunos locales con terraza en el puerto de Garrucha, ha conseguido que la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA), de quien depende esta instalación, se implique en la solución del problema. Así, incluirá en los títulos de autorización que se otorgan a los locales de esta zona un horario de apertura más restrictivo que el general de establecimientos públicos.

Además, se va a elaborar un protocolo para el seguimiento de este tipo de actividades, con objeto de controlar que se adecuan a la normativa legal de aplicación y que no generan molestias por contaminación acústica o incumplimiento de horarios.




Tres años de ruidos
En su escrito de queja, el interesado indicaba que desde el año 2012 venía sufriendo, sobre todo en los periodos estivales, los ruidos ocasionados a diario, durante gran parte del día hasta altas horas de la madrugada (02:00 y  03:00 horas), provenientes de las terrazas instaladas en la zona portuaria,  junto al paseo del malecón y la avenida del puerto, ruidos procedentes del alto volumen de la música de las terrazas.

Además, según el interesado, las gestiones que había llevado a cabo ante la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y ante el Ayuntamiento de Garrucha no habían tenido ningún resultado.

Según la información facilitada por la APPA a la oficina del Defensor del Pueblo andaluz, los locales destinados a restauración y sus terrazas anexas se encuentran inxluidas en el Decreto de 2002 sobre actividades recreativas y establecimientos públicos de Andalucía, dentro de los apartados de establecimientos de hostelería contemplados como restaurantes, cafeterías, bares y bares-quioscos, “por lo que no se consideran actividades prohibidas dentro de las áreas establecidas como usos complementarios en el Plan de Usos del Puerto de Garrucha”.




Otro horario
Independientemente de ello y a la vista de lo acontecido, la Agencia estaba incluyendo, dentro de los títulos habilitantes para la ocupación del dominio público y, en concreto, para las actividades implantadas en el puerto de Garrucha, un horario de apertura más restrictivo, que no superaría las 12 de la noche  durante los meses de octubre a mayo, ni la 1 de la madrugada durante los meses de junio a septiembre, independientemente de la calificación de laboral, festivo o víspera de festivo del día.




Y el Ayuntamiento
En cuanto a las denuncias del interesado, el Ayuntamiento había autorizado la realización de actividades esporádicas de actos culturales y musicales en dichas instalaciones, por lo que, tanto la autoridad municipal como la administración portuaria y a través de requerimientos verbales, habían ordenado el estricto cumplimiento de la normativa vigente de establecimientos públicos, que atenuaron, en cierta medida, las irregularidades que se venían produciendo.

En cualquier caso, la Agencia estaba elaborando un protocolo para un mejor seguimiento de este tipo de actividades en el puerto de Garrucha, al objeto de evitar, y en su caso subsanar a la mayor brevedad, cualquier incidencia como los hechos denunciados e iniciar expedientes sancionadores en aquellas instalaciones cuya actividad no se ajustara al título otorgado.




Archivado el expediente
La Oficina del Defensor del Pueblo concluye que, a la vista de la respuesta de las administraciones y de la que les envió el interesado “cuando le dimos traslado para alegaciones, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones y procedimos al archivo del expediente”.







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