El jurado popular ha declarado culpables por unanimidad a M.A. y N.M., los dos hombres que reconocieron haber matado en mayo de 2015 a un compatriota suyo, a quien golpearon en repetidas ocasiones con piedras y un pitón por discrepancias con respecto al botín de un robo que, al parecer, habían cometido juntos.
El veredicto, leído en audiencia pública en la tarde de este miércoles, descarta que ambos, en contra del criterio de la fiscal, al que se adhirieron ambas defensas, actuaran bajo una "alteración importante" de sus capacidades tanto intelectivas como volitivas debido a la ingesta de alcohol.
Cabe recordar que en el trámite de informes el Ministerio Público modificó el escrito de acusación provisional por el que calificaba los hechos como delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, que sí ha considerado acreditada el jurado, para añadir la atenuante muy cualificada de embriaguez.
El fiscal pide 8 años
Tras la lectura del veredicto, cuyo objeto era entregado este miércoles a los nueve integrantes del jurado popular, la fiscal ha interesado para cada uno de los procesados penas individuales de ocho años de cárcel frente a los 13 solicitados inicialmente.
Por su parte, ambas defensas han invocado el principio acusatorio por el que el magistrado presidente del tribunal debe ceñirse a lo solicitado por el Ministerio Público, según han indicado a Europa Press fuentes jurídicas.
En el trámite de informes celebrado el martes, el Ministerio Público remarcó que M.A. y N.M., quienes cometieron el crimen junto a una tercera persona identificada como ´El Mauritano´ que ha podido ser encontrado, admitieron los hechos en la primera sesión del juicio celebrada este martes e hizo alusión a la situación de "marginalidad" en la que vivían los implicados para justificar el nuevo escrito presentado.
Argumentó que la principal prueba de cargo contra M.A. y N.M., siempre antes de que reconocieran la autoría de la muerte por discrepancias a la hora de repartiese el botín de un robo cometido conjuntamente, es la declaración "coherente e imparcial" de un testigo, que se ha leído en sala preconstituida ya que no ha podido ser citado, ni siquiera por edicto.
El testimonio del citado testigo, vecino de la víctima en el mismo asentamiento chabolista situado a espaldas de una discoteca en Níjar (Almería), estaría avalado, asimismo, por otro testigo de referencia, a quien le contó lo que había presenciado, y por "los comentarios en el pueblo" que señalaban al ´Italiano´, quien no ha podido ser encontrado, y al ´Mauritano´.
Aviso a la Policía Local
El testigo, quien presenció la agresión con "piedras y un martillo" tras oír voces pidiendo auxilio en las inmediaciones de la tienda de campaña en la que dormía el fallecido cuando salía en dirección a la Mezquita a rezar, fue quien dio aviso al conductor de un camión de la basura para que avisase a la Policía Local.
La pericial forense ratificó que la víctima, quien falleció dos semanas después de la agresión en el complejo hospitalario de Torrecárdenas, sufrió "traumatismos muy violentos" en la cara y en el cráneo con "importante hemorragias cerebrales", así como en el abdomen, lo que le causó la "rotura del hígado". Han señalado, en esta línea, que si bien no eran mortales de necesidad si suponían un riesgo vital alto que, finalmente, desembocaron en el deceso sumados a una dolencia pulmonar.
Los hechos tuvieron lugar el 28 de mayo de 2013 cuando los procesados, ambos en situación irregular en el país, iniciaron una discusión con la víctima en compañía de una tercera persona en un descampado ubicado tras un local de copas de Campohermoso.
El Ministerio Público, que también interesa una indemnización de 120.000 euros para los herederos de la víctima, apunta en su escrito que el motivo de la "violenta discusión" se debió a razones de dinero.
Con esto, en el transcurso de la disputa, ambos acusados "actuando con unidad de acción y con el propósito de causarle el mayor mal posible" a su víctima, la agredieron con piedras y un martillo, lo que le produjo múltiples heridas en cabeza y tronco tanto externas como internas, por lo que necesitó asistencia hospitalaria. La víctima, que también se hallaba en situación irregular en el país, falleció el día 10 de junio.
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