La infancia es uno de los colectivos prioritarios de atención de Cruz Roja. La intervención se realiza desde diferentes programas que cubren tanto las necesidades básicas de los y las menores como otros aspectos que favorezcan su desarrollo e integración social.
El programa de Acogimiento Familiar de Menores de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, que gestiona Cruz Roja en la provincia almeriense, pretende dar respuesta a las necesidades de niños y niñas que no pueden ser atendidos adecuadamente por sus padres o tutores, por medio de la convivencia e integración en otro núcleo familiar donde puedan recibir una atención integral.
Con la finalidad de dar a conocer las diferentes modalidades de acogimiento familiar o resolver dudas de forma que las familias interesadas puedan contribuir a mejorar la realidad de estos niños y niñas, Cruz Roja Almería organiza con carácter mensual un ciclo de Charlas Informativas en modalidad online en horario de mañana de 10 a 11:00 h, los días 3 y 31 de mayo y en horario de tarde de 17:00 a 18:00 h, los días 10, 17 y 25 de mayo
Las familias interesadas deberán confirmar asistencia previa en la Sede, Parque Nicolás Salmerón, 28, Almería o tlf. 950 25 71 66 y solicitar enlace de acceso.
¿Quieres saber más sobre acogimiento familiar?
El Acogimiento Familiar es una medida del Sistema de Protección a la Infancia, por la cual una familia acoge temporalmente en su hogar a personas menores de edad como alternativa al acogimiento residencial (centro o recurso tutelado).
Se trata de una alternativa de convivencia en familia para niños y niñas que se encuentran en una situación de desamparo con el fin de proporcionarles un entorno familiar estable cuando las circunstancias les impiden desarrollar su vida con su familia de origen.
El Acogimiento Familiar no es lo mismo que Adopción, ambas son medidas de protección jurídica pero responden a necesidades infantiles y expectativas en los adultos diferentes. La adopción es irrevocable y genera vínculos jurídicos entre los adultos y los niños equiparables a la maternidad y paternidad biológica. Como criterio general, la naturaleza del acogimiento es siempre temporal, su duración abarca hasta que se mejoran las situaciones que determinaron la separación con su familia de origen y/o se propone una solución duradera para el niño.
En el acogimiento familiar el niño/a o adolescente acogido/a puede seguir viendo a su familia de origen (tanto padres como el resto de su familia, sobre todo hermanos/as) de la forma que se establezca en su medida de protección a menos que haya un riesgo para los/as acogidos/as o para terceros, lo cual vendría también recogido en el mismo documento. Seguir leyendo
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