22 años de cárcel por violar y robar a una prostituta

Antonio M. cumplirá 14 años de cárcel y Emil C. 8 años por una agresión en el Bayyana en 2013

Zona de la agresión sexual
Zona de la agresión sexual
Javier Pajarón
20:17 • 16 feb. 2016

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una pena de 22 años de cárcel para dos varones acusados de violar, agredir y robar a un mujer que ejercía la prostitución en las inmediaciones de la estación de servicio de Bayyana (Almería). El tribunal condena a  Antonio M. M. a 14 años y dos meses de prisión y a Emil C. a 8 años y dos meses.




La agresión sexual data del mes de agosto de 2013. Los acusados contactaron con la víctima a las 2.30 horas de la madrugada en una zona marcada por la presencia de la prostitución, mujeres y clientes. La joven tenía 27 años de edad y es de origen rumano. Según la resolución judicial, los tres alcanzaron un acuerdo y se desplazaron a un lugar apartado de la circulación. Fue entonces cuando se perpetró la agresión.




Los acusados se negaron a pagar a la víctima antes de mantener relaciones sexuales y la discusión verbal acabó con un episodio de gran violencia. Emil C. sostuvo a la chica por los brazos mientras Antonio M. M. consumaba la agresión sexual.
“A continuación, le siguieron dando patadas y arrastrándola por el suelo y, con ánimo de lucro, le arrebataron el bolso que portaba, conteniendo en su interior 205 euros, dos teléfonos móviles, unas llaves y otros efectos personales”, señala la sentencia del TS.




Captura
La víctima sufrió cortes y contusiones por todo el cuerpo, aunque ninguna de las lesiones revestía gravedad (golpes en brazos y piernas, erosiones en la piel, un hematoma en el pómulo y alguna herida sangrante). Apenas 45 minutos después del suceso, Antonio M. M. y Emil C. fueron detenidos en el cercano Parque Nicolás Salmerón. Circulaban con el mismo coche identificado por la víctima en el Bayyana y captado por las cámaras de seguridad de tráfico.




El caso fue juzgado inicialmente en la Audiencia Provincial de Almería, cuya sentencia confirma íntegramente ahora el Tribunal Supremo. El parte de lesiones y el hallazgo de los objetos robados en el vehículo de los acusados fue determinante para la condena (no había muestras de ADN).







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