El TSJA revisa el caso de Costacabana: mantiene dos condenas y rebaja la sanción al tercer acusado

Mantiene la pena a dos acusados y rebaja a diez años la sanción al tercero

La acusación y los familiares a la salida del Palacio de Justicia
La acusación y los familiares a la salida del Palacio de Justicia
Javier Pajarón
21:24 • 23 may. 2016

La batalla judicial sobre el doble crimen de Costacabana sube un escalón y se libra ahora en los despachos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El TSJA revisa el proceso y modifica parcialmente el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Almería.




A finales de 2015, el jurado popular declaró culpables de dos homicidios a Baldomero S. G. y sus hijos Francisco M. S. F. y José S. F. Las víctimas eran dos familiares directos, Bernardo S. G.  y su hijo José S. F., tiroteados en la calle Amazonas de Costacabana en julio de 2009.




La Audiencia Provincial de Almería condenó a tres de los cuatro acusados a penas de prisión de 26, 22 y 20 años y dos meses respectivamente. El jurado les consideró culpables de matar a tiros a sus familiares, residentes en una casa colindante (Bernardo y Baldomero eran hermanos).




El recurso
Sin embargo, las defensas agotaron su primera opción de recurso y acudieron al TSJA para intentar una rebaja de las condenas. Un tribunal presidido por el magistrado Lorenzo del Río les da la razón parcialmente. La sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso LA VOZ DE ALMERÍA, mantiene las condenas para Baldomero S. G. (26 años de cárcel)  y su hijo Francisco M. S. F. (22 años de cárcel), pero rebaja la sanción a José S. F. El tercer acusado ve reducida la condena a la mitad, de 20 años y dos meses a 10 años de internamiento.




El TSJA considera a José S. F. como cómplice de los dos homicidios, pero le aplica la atenuante de colaboración por confesarse autor de los hechos.  De este modo impone la pena de cinco años por cada muerte, es decir, 10 años de prisión en total.




La sentencia es compleja es su desarrollo, dada la presencia de numerosos puntos de recurso, la presencia de dos víctimas, las relaciones de fallecidos y acusados y los distintos grados de participación en los hechos, sometidos primero al veredicto del jurado popular y valorados luego por la Audiencia Provincial de Almería. 




Homicidio, asesinato
Sin embargo, el TSJA trata de clarificar el asunto y, aunque mantiene la sentencia condenatoria sobre Baldomero S. G y su hijo Francisco M. S. F., y la absolutoria sobre Nicolás S. F., hace algunas apreciaciones sobre el desarrollo del proceso.




En este sentido, el tribunal llama la atención sobre una ausencia en el recurso planteado por la acusación. El TSJA ‘echa en falta’ un argumento que habría supuesto aumentar la condena de prisión a los acusados, haciendo pasar el delito de homicidio a asesinato. Dicho de otra manera, endurecer la condena con más años.


La sentencia lo explica así: “El jurado popular  no ha motivado en absoluto por qué descartaron la alternativa que se les planteó sobre la existencia de sorpresa e indefensión. Esa falta de motivación podría haber supuesto la nulidad del veredicto en dicho punto, pero no ha sido esgrimida ni directa ni indirectamente por la acusación particular recurrente, sin que esta Sala pueda aplicarla de oficio”.


El caso tiene todavía mucho recorrido porque las defensas tienen la oportunidad de apelar a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Además, la acusación particular trabaja para pedir el ingreso en prisión de los acusados, como ya hicieran tras el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Almería.
 



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