El grupo entrega los billetes arrugados al traficante a pie de playa y ocupa poco a poco su lugar en la lancha neumática de seis metros de eslora. Un chico toma el mando del timón y un compañero recibe las instrucción sobre el funcionamiento del aparato GPS. Comienza la travesía. Ambos se reparten los papeles de patrón y guía. Dan órdenes sobre el suministro de agua y reparten pesos en el bote para hacer frente a los golpes de las olas en el Mar de Alborán. Amenazan con lanzar a los amotinados al mar y ejercen de jefes, de juez y parte ante las inclemencias de azotan la patera, aunque en realidad sólo aceptaron el puesto para ahorrarse el precio del ‘billete’.
Y entonces aparece la patrullera de Salvamento Marítimo de Almería a pocas millas de la Isla de Alborán y las posiciones se igualan. Todos pasan a ser inmigrantes irregulares y sólo la labor de la Policía Nacional y la colaboración de los testigos protegidos separan a víctimas de los traficantes. Explotados de explotadores.
La historia acabó con los dos pateristas detenidos y condenados a ocho años de prisión por un delito contra los ciudadanos extranjeros. Sin embargo, la reforma del Código Penal impulsada el año pasado ha cambiado sustancialmente el resultado de casos como éste y provoca una aparente paradoja: se penaliza a las víctimas y se favorece a los pateristas. ¿Por qué? La explicación es algo compleja, pero tiene que ver con la bajada de ciertas penas, que obligan a dejar en libertad a los acusados.
Bajada de las penas La reforma ha reducido el tiempo de condena para algunos casos en los delitos contra los ciudadanos extranjeros. Si no hay agravantes como pertenencia a grupo organizado o riesgo de muerte para los pasajeros de una embarcación clandestina, los pateristas se enfrentan a penas de tres meses a un año de cárcel. Un caso como el relatado pasa a considerarse, de algún modo, un delito menor.
En condiciones normales no entran ni siquiera en prisión. Con la nueva legislación penal en la mano, comparecen ante el juez de instrucción y, aunque se celebre juicio rápido, generalmente quedan en libertad. En la práctica desaparecen del mapa y su localización es costosa en términos económicos y de recursos humanos.
En cambio, sus víctimas, los inmigrantes de la patera, aquellos que no tocaron ni el timón ni el GPS y pagaron importantes cantidades económicas para cruzar el Mar de Alborán en condiciones precarias, son custodiados en un CIE para su repatriación a sus países de origen.
Surge un conflicto, una paradoja con riesgo. Algunos inmigrantes irregulares (víctimas) podrían querer identificarse como pateristas para evitar su expulsión del país. La condena es baja y prácticamente les permitiría quedar en libertad en un plazo corto de tiempo. Y es aquí donde entra la medida ‘correctora’ la Policía Nacional.
Para corregir esta aparente contradicción, los agentes de la Brigada de Extranjería y Fronteras de Almería han sugerido una solución alternativa dentro de las posibilidades que ofrece la ley.
Esto es, los policías piden siempre a los jueces de instrucción la expulsión de los pateristas. No se trata de una conmutación de la pena (cambiar la prisión por la expulsión del país), sino de aplicarles de forma inmediata la Ley de Extranjería para que los pateristas no salgan mejor parados que el resto de los ocupantes de las embarcaciones. “Si no entran en prisión deben ser expulsados como cualquier inmigrantes irregular”, resumen.
La Comisaría Provincial de Almería ya ha conseguido la expulsión en algunos casos (todavía pocos porque el número de pateristas es pequeño) y ha emitido un informe sobre el procedimiento para que pueda utilizarse por compañeros de otras provincias costeras ‘implicadas’ en la lucha contra la inmigración irregular. El asunto es parte de una compleja maraña judicial pero busca, al fin y al cabo, no beneficiar a los pateristas.
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