Casi treinta años hace que la ordenanza municipal de Limpieza en la ciudad no se actualiza. La norma vigente, data del año 1987 y su carácter obsoleto ha llevado al Ayuntamiento de Almería a elaborar un nuevo texto que, se prevé, entre en vigor el uno de enero de 2017.
La ordenanza de Limpieza de espacios públicos y recogida de residuos viene a adaptarse a la nueva regulación estatal y autonómica pero también a una nueva realidad social, que suma conductas y acciones no previstas hace tres décadas.
El objetivo no es otro que regular la limpieza de los espacios públicos y la recogida de los residuos que son competencia municipal, tratando de fomentar hábitos que desemboquen en una ciudad sostenible y limpia en la medida de lo posible. “En ocasiones se hace muy difícil desde el Ayuntamiento poder mantener la ciudad en buen estado. A pesar de los recursos económicos, materiales y humanos que a ello destinemos, el trabajo no fructifica si no contamos con la colaboración de los ciudadanos”, señala a La Voz el concejal de Servicios Urbanos del Consistorio, Juanjo Alonso.
Novedades
La nueva normativa se ha adaptado por tanto a los nuevos tiempos con una meta clara; la de la tolerancia cero contre el incivismo que al final padecemos todos. De este modo, entre las nuevas incorporaciones que se regula se encuentra el horario para depositar los residuos en los contenedores por parte de los usuarios. Será de 21.00 h a 23.00 h en época de verano, y desde 20.00 h a 22.00 h durante el invierno. En el caso de los locales comerciales, podrán depositar los residuos cuando cierren sus negocios.
Asimismo, se establecen como prohibiciones el arrojar al suelo colillas, cáscaras de pipas o chicles, escupir y realizar las necesidades fisiológicas en los espacios públicos, regar las plantas produciendo derramamiento de goteo en la calle, salvo entre las 24.00 h y las 7.00 h. Otros ejemplos de conductas que son reguladas es el vertido de los condensados de los aparatos de climatización, facilitar alimento a animales, salvo en los lugares habilitados para ello, o no recoger, de manera inmediata, los excrementos de los animales de compañía en la vía pública, un hecho por el que, en los últimos 6 meses se han interpuesto un total de 91 sanciones por parte de efectivos de la policía local.
Salvo autorización municipal quedan prohibidas las pintadas en mobiliario urbano, muros, aceras o elementos estructurales. Se prohibe esparcir o tirar octavillas o material publicitario y similar en la vía pública así como colocarlos en vehículos estacionados en la calle y, la publicidad domiciliaria solo podrá ser depositada en el interior de los buzones y/o en aquellos espacios habilitados por la comunidad de propietarios.
Infracciones
La nueva ordenanza establece tres tipos de sanciones para combatir las conductas incívicas; leves, graves y muy graves. Las primeras conllevarán una multa de entre 200 a 900 euros, en el caso de residuos peligrosos podría llegar hasta los 9.000 €. Las sanciones graves podrán oscilar entre los 1.500 a los 45.000 euros, pudiendo llegar a los 300.000 en el caso de los residuos peligrosos. Y finalmente, las muy graves irán desde los 45.001 al millón 750.000 euros. En los tres casos, existe una bonificación del 50% por el abono previo de la cuantía económica establecida.
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