La reiteración en la falta de limpieza en el mercadillo se penará con hasta 18.000 €

 La nueva ordenanza permite elegir al vendedor entre la multa o no montar su puesto un tiempo

Carlos Sánchez, concejal de Fomento, Comercio y Playas
Carlos Sánchez, concejal de Fomento, Comercio y Playas
Lola González
21:55 • 20 sept. 2016

Pendiente aún de pasar por el Pleno del Ayuntamiento, la Junta de Gobierno aprobaba ayer de forma inicial la nueva ordenanza de venta ambulante de la capital que, según las cuentas del concejal de Fomento, Comercio y Playas, Carlos Sánchez, entraría en vigor “antes de acabar este año”.




Una ordenanza que lleva aparejada muchos cambios pero sin duda uno de los más llamativos es el endurecimiento de las sanciones para los vendedores que no cumplan con su obligación de limpiar los residuos que generen en su actividad. Así, la reiteración de hasta tres multas por no recoger tras el mercadillo puede acarrearles el pago de 18.000 euros o tener que dejar de acudir a su puesto tres meses.




Explica Sánchez que  la intención municipal consiste en “acabar con esta problemática”. Así, si es la primera vez que se produce una sanción, la multa será leve y supondrá el pago de 1.500 euros o la ausencia durante un mes de su puesto. Si se repite la situación, la sanción pasará a ser grave y la cuantía pasará a ser de 1.500 a 18.000 euros o dos meses sin montar su puesto, y en última instancia, si hay una tercera ocasión, pasaría a ser muy grave.




Cambios
El resto de los cambios pasan, en gran medida, por recoger en la nueva norma lo que establece la Ley de Comercio Ambulante de Andalucía así como las directivas europeas.




En el nuevo texto normativo se incluye se recoge el permitir la transmisión de licencias entre familiares o trabajadores contratados.




Se modifica el tiempo de la licencia de venta ambulante pasando de los cuatro años actuales a quince años con la posibilidad de prorrogarla otros quince con el objetivo de “los vendedores, al contar con más seguridad, puedan realizar inversiones más importantes en sus puestos”.




Otra de las novedades de esta nueva normativa consiste en la elaboración entre el Ayuntamiento y la Federación de Comercio Ambulante (Fecoam) de un calendario anual en el que se recojan cuáles son los días festivos en los que se montarán los mercadillos y los que no.




A partir de ahora el texto tiene que pasar por Pleno, salir a exposición pública y ser ratificado por el Pleno.



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