Detrás de la histórica doctrina del TJUE que obliga a bancos y cajas a devolver todo lo cobrado de más por cláusulas suelo abusivas hay un nombre, el de este magistrado malagueño, ahora en la Audiencia Provincial de Almería, que fue el primero en plantear este asunto ante la Justicia europea. Fue en 2015, siendo juez de lo Mercantil en Granada, cuando Sanjuán planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE. El Tribunal Supremo había fallado en 2013 que las cláusulas suelo hipotecarias eran nulas pero solo obligaba a devolver el dinero a partir de esa fecha. Este magistrado pensó que eso no casaba con las directivas europeas. Y acertó. El Tribunal Europeo le dio la razón en una resolución conocida la semana pasada.
¿Satisfecho con lo conseguido?
Abrumado. Tenga en cuenta que esto lo planteo cuando estoy en el Juzgado Mercantil de Granada y hemos debido esperar casi dos años a que se resuelva. Coincide con que yo me traslado a Almería y quedó pendiente.Sabíamos de la importancia fundamentalmente por el número de personas al que iba a afectar.
Cuando dio el paso, tendría la idea muy clara de que su tesis podía prosperar.
Claro. Hace dos años teníamos un problema: había audiencias provinciales que decían sí y audiencias provinciales que decían no [a reconocer la retroactividad total en la devolución]. La propia Audiencia Provincial de Almería, antes de que yo llegara, aplicaba el limitarlo conforme había dicho el Supremo el 9 de mayo de 2013. Yo sabía que la cuestión era problemática en tanto que preguntas sobre algo que va a contradecir lo que había dicho el Supremo, pero estaba convencido de que la única respuesta posible era la seguridad jurídica, y aunque dijeran lo contrario yo pensaba que lo más importante es que todas las audiencias provinciales dijeran lo mismo.
A partir de usted llegara a la Audiencia de Almería, ¿hubo algún cambio o se siguió fallando según la jurisprudencia del Supremo?
La mayoría de las veces no se ha cuestionado el tema, simplemente porque quien ha recurrido ha sido la entidad financiera y no el ciudadano. Hay dos grandes cuestiones, si la cláusula es nula o no es nula, y si es nula, pagar con retroactividad o no. Bueno, pues el primer aspecto lo discutía la entidad financiera y esto es lo único que llegaba a la Audiencia Provincial de Almería. Y en aquellos supuestos en que sí nos ha llegado la reclamación de retroactividad, lo que hemos hecho es dejarlo en stand by y esperar a esta resolución.
¿Y hay muchos de estos casos en Almería en espera de que saliera esta resolución?
En espera no hay muchos, pero que se vayan a ver ahora este año por temas de acumulación de asuntos y señalamiento sí puede haber.
¿Decenas o cientos?
Hablamos de un par de cientos.
Me imagino que estarán contentos los usuarios.
Ahora la gran decisión que tenemos que tomar es qué vamos a hacer en aquellos casos en que solo haya recurrido la entidad financiera y se le haya dado una retroactividad limitada. ¿Aplicamos el nuevo criterio a pesar de que no se haya recurrido por parte del consumidor? El día 10 de enero tenemos un plenillo [reunión de magistrados de la Audiencia] y ese será el caballo de batalla. Y eso sí que afecta a los 200 que están pendientes. Porque ahora todos los que están en el Juzgado de Primera Instancia o en el Mercantil todavía, pendientes de recurso, estos no van a tener problemas porque si se declara nula la cláusula la retroactividad es absoluta, el efecto es automático.
Pero lo que se está planteando ahora es la casuística del señor que aplicando la doctrina del Tribunal Supremo solo reclamó cantidades hasta el 9 de mayo y no reclamó más, qué ocurre con este señor, ¿puede reclamar el resto de las cantidades o no puede reclamar? Esa es la gran decisión que tenemos que tomar.
Espera un arranque de año muy interesante.
Sí, de mucho trabajo.
¿Habrá una avalancha de nuevos casos de reclamación que lleguen a los juzgados? Porque se habla de fórmulas de mediación.
Distinguiría dos grupos. En primer lugar, lo que está pendiente de juicio o está en recurso, esto va a tener una sentencia y si dice que la cláusula es nula no hay mediación posible, es obligatorio el cumplimiento, devuélvase las cantidades y punto. El segundo grupo serán todos aquellos supuestos no pendientes de juicio, que son la inmensa mayoría, podemos estar hablando de 20 ó 30.000 ciudadanos solo en la provincia de Almería. Esta gente que no ha reclamado ahora va a reclamar, seguro. Avalancha, seguro. Ya se lo comentaba yo precisamente a Lourdes Molina [presidenta de la Audiencia Provincial y de la sección primera]. El Gobierno ha prometido aprobar una especie de mediación o arbitraje parecido a las preferentes. Debe hacerlo porque en Almería estamos en una horquilla de resolución de ocho meses, pero en Madrid son tres años. Hay que darles una solución más rápida.
La sentencia del Supremo en su momento planteaba que el pago de la retroactividad podía suponer una quiebra del sistema financiero. ¿Realmente esto sería así?
Bueno, el ministro Guindos salió el día de la sentencia y dijo que hace tres o ocuatro años los bancos no serían capaces de devolver pero hoy en día sí serían capaces de devolver. Hay muchas fórmulas. Imagínese que una entidad financiera resulta especialmente gravada, pues compénsele con el principal. Yo no creo que afecte al sistema financiero, porque si lo hubiera creído hubiera planteado una excepción. Pero yo entendía que no.
¿Ha sido la jurisprudencia del Supremo más favorable al sistema financiero y menos al consumidor?
Yo creo que no. La decisión del Supremo, aun no compartiéndola, se motiva por dos problemas que tiene el TS. El primero es que no puede pronunciarse de todo sino solo de aquello que le piden. Y el segundo es que se ha pronunciado en casos concretos. Y a lo mejor el problema, desde mi humilde punto de vista, es que ha aplicado esto como criterio general cuando eran casos muy concretos.
¿Piensa que va a mejorar con esta sentencia la transparencia en el sistema financiero?
Si nos da seguridad jurídica, seguro que sí. El planteamiento de las entidades financieras y su forma de actuar, que ellas defienden legítimamente, es que actúan conforme a la norma, pero el problema es que usted ha interpretado la norma y la ha interpretado mal, y ha venido Europa a decirnos que esa norma que usted decía que estaba cumpliendo debe interpretarse así. Lo que está diciendo es muy descriptivamente “señores, el consumidor es la parte débil, protéjanlo”. Ya no se trata de decir, yo le dí el papel al consumidor. Explíquele usted el papel y además déle usted posibilidades de comparar, y si no lo hace esto es lo que le puede ocurrir. A su pregunta, sí, claro, que va a ayudar, desde mi punto de vista, el Tribunal Europeo de Justicia está haciendo una labor formidable de unificación.
¿Tiene conciencia de haber dado un paso histórico y que va a ayudar a mucha gente? Le habrán llegado muchas felicitaciones.
Yo no era consciente más de que teníamos que solventar un problema. Ahora vas leyendo y viendo el impacto económico al ciudadano, a las familias, y dices pues algo hemos aportado, un granito, aunque hay muchos granos, no quiero ni pecar de falsa humildad ni todo lo contrario. Respecto a las felicitaciones, lo llevo mal porque uno no está acostumbrado ni quiere cuando es juez a que le feliciten. Uno trata de hacer su trabajo lo mejor posible pero la función jurisdiccional es una función de servicio público.
Se habrá acordado estos días del caso que dio lugar a esta sentencia, el de un ciudadano de Granada.
Sí. Lo tengo en la cabeza. Es un asunto muy claro, la cláusula ya había sido declarada nula, y solo quedaba pendiente si se le devolvía todo, parte o nada. Cuando llegue oficialmente desde Europa, aunque sea un asunto de Granada y yo esté en Almería, me tocará poner la sentencia.
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