La justicia penal en España sufre los efectos de la onda expansiva provocada por la renovación del Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. Las reformas cambian las normas del juego e impulsan una adaptación de profesionales y ciudadanos a un nuevo escenario en juzgados y tribunales.
Una consecuencia directa de las modificaciones legales es la enorme disminución de la litigiosidad penal en los juzgados de Almería. El número de asuntos abiertos durante 2016 muestra una caída de los procedimientos abiertos desconocida en el sector.
Según anunció el magistrado Luis Miguel Columna, juez decano del partido de la capital, “en los Juzgados de Instrucción de Almería los asuntos registrados entre enero y octubre de 2016 se han reducido a la mitad respecto al mismo periodo del año pasado”.
Según cifras oficiales del Consejó General del Poder Judicial (CGPJ), las diligencias ingresadas en este periodo en todos los órganos de Instrucción de la provincia de Almería (6 de competencias exclusivas y 20 mixtos repartidos por la provincia) pasaron de 68.128 en 2015 a 34.217 en 2016.
Dicho de otro modo, los expedientes abiertos han disminuido un 50,2 por ciento durante este año. Un desahogo para los castigados juzgados almerienses.
Factores
Dos factores influyen decisivamente en estas estadísticas. La primera es la eliminación de algunas faltas, que han pasado a convertirse en carne de vía administrativa. La llamada Ley Mordaza ha asumido ciertas conductas que se saldan con multas sin necesidad de pasar por los juzgados (aunque se puedan recurrir en órganos de lo Contencioso-Administrativo por desacuerdo con las sanciones).
Y, por otra parte, más importante, la eliminación de las causas sin autor conocido. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) calculaba que, hasta ahora, había un 40 por ciento de trabajo improductivo vinculado a estos expedientes. Se trata de un volumen enorme de procedimientos llegados a los juzgados desde las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado sin esclarecerse. No hay a quién acusar.
Antes de la reforma penal todos estos casos generaban la apertura de procesos burocráticos condenados al archivo. La eliminación, largamente demandada por los jueces y fiscales, ha supuesto la liberación de un volumen de trabajo considerable. “Hay asuntos registrados que luego no constituyen un procedimiento judicial efectivo, como ocurre con los asuntos penales sin autor conocido que se incoan y archivan directamente sin actividad procesal”, señaló el TSJA en su última memoria anual.
¿Se olvidan?
¿Qué pasa con las investigaciones? ¿Se olvidan? En realidad, no. “La Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo, excepto en los casos en que se trate de delitos contra la vida, la integridad física o contra la libertad e indemnidad sexuales, o bien se practique cualquier diligencia después de transcurridas setenta y dos horas desde la apertura del atestado y éstas hayan tenido algún resultado”, explica el TSJA.
Según datos del Ministerio del Interior, las fuerzas y cuerpos de seguridad en Almería rozan el 50 por ciento de esclarecimiento de asuntos, índice considerado como “muy positivo” en retiradas ocasiones por el subdelegado del Gobierno en la provincia Andrés García Lorca.
Entre las diligencias sin resolver están muchas denuncias por hurtos y daños al patrimonio, que generan miles de investigaciones infructuosas cada año.
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