Convocadas las ayudas para la atención a colectivos desfavorecidos

La Junta lo dota con más de 20,2 millones de euros

Jornada informativa sobre la convocatoria.
Jornada informativa sobre la convocatoria.
La Voz
12:08 • 24 mar. 2017

La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales ha publicado esta semana en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la convocatoria de ayudas a programas de atención a la población más desfavorecida para la que destina más de 20,2 millones de euros (20.284.328 de euros), y que prevé beneficiar a más de 1.800 entidades. La Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales ha organizado hoy una jornada informativa sobre esta nueva convocatoria de ayudas, dirigida a entidades públicas, asociaciones de personas mayores, de personas con discapacidad y de lucha contra la exclusión social.




El delegado territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, José María Martín ha explicado que “esta nueva convocatoria de ayudas está dirigida a los grupos de población pertenecientes al ámbito de personas mayores, personas con discapacidad, jóvenes en situación de vulnerabilidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, atención en materia de drogodependencias y adicciones, para intervención en zonas con necesidades de transformación social y acción social y voluntariado, cubriendo por tanto a la población más vulnerable”.




Martín ha destacado que “la importante cuantía de esta convocatoria de subvenciones con la que la Junta de Andalucía vuelve a demostrar que las políticas sociales son prioritarias para el gobierno andaluz; Además, próximamente se publicarán también las ayudas destinadas al apoyo de la red de solidaridad y garantía alimentaria, que ascienden a casi 6 millones de euros”.




El delegado ha recordado que “las actuaciones de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales dirigidas a sectores más desfavorecidos de la población andaluza no se limitan, ni mucho menos, a las convocatorias anuales de subvenciones, dado que tanto desde la propia Consejería, como desde el Instituto Andaluz de la Mujer, el Instituto Andaluz de la Juventud o la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se desarrollan programas que atienden a las población más vulnerable y se colabora con entidades, tanto públicas como privadas, que llevan a cabo programas y actuaciones con estas personas, tanto a través de convenios, conciertos como subvenciones y transferencias”.




Líneas de Ayudas
Convocadas en régimen de concurrencia competitiva, pueden solicitarlas las entidades públicas y privadas que trabajan para los grupos de población antes descritos y las personas individuales pertenecientes a los grupos de población que precisan de una prestación específica.




Las subvenciones se dirigen a los grupos de población referidos por diferentes vías. La primera de ellas, de forma directa, pudiendo ser perceptoras de las mismas a través de subvenciones individuales, las personas mayores (accediendo a ayudas que le faciliten la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales), las personas con discapacidad (mediante subvenciones para la adaptación de vehículos a motor, adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, y otros productos de apoyo, así como para la atención de los gastos de desplazamiento), y por último los jóvenes en situación de vulnerabilidad, facilitándoles el acceso a la formación o su continuidad, con ayudas para gastos de matriculación, gastos de desplazamiento, adquisición de libros y material didáctico, gastos de actividades formativas y culturales y adquisición de material informático.




En segundo lugar, a través de las Entidades Locales, bien sean Ayuntamientos, Diputaciones, Consorcios y Mancomunidades, que podrán ser perceptoras de subvenciones destinadas a la financiación de programas que tengan como finalidad mejorar las condiciones de vida de las personas migrantes y el fomento de la inclusión social de las personas inmigrantes residentes en Andalucía; el mantenimiento de albergues y servicios de acogida temporales donde se desarrollen campañas agrícolas o de temporada o en núcleos de ésta donde la especial afluencia de personas trabajadoras desplazadas no pueda ser atendida por los servicios de acogida normalizados; proyectos de actuación integral en zonas con necesidades de transformación social, y fundamentalmente en las zonas en las que se aprecien problemas de elevados índices de absentismo y fracaso escolar, altas tasas de desempleo, significativas deficiencias higiénico-sanitarias y fenómenos de desintegración social.




La tercera vía es a través de entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo fin social sea la realización de actuaciones a favor de la población más desfavorecida financiando, entre otras las actuaciones dirigidas a personas emigrantes temporeras, personas emigrantes retornadas, personas emigrantes andaluzas residentes en el exterior, comunidad gitana, personas inmigrantes, así como otros colectivos con necesidades especiales, como personas sin hogar, personas reclusas o ex reclusas, personas en riesgo o en situación de exclusión social, personas afectadas por explotación sexual o personas afectadas por el Síndrome de inmunodeficiencia adquirida y en riesgo o en situación de exclusión social.


Por otra parte, también se financia a entidades privadas sin ánimo de lucro la realización de Intervenciones en Zonas con Necesidades de Transformación Social, la realización de programas de acción voluntaria organizada dirigidos a la sociedad, al voluntariado y a las propias entidades de voluntariado que se realicen en el ámbito andaluz. Y la cuarta vía, a través de las Universidades Públicas andaluzas mediante la concesión de subvenciones destinadas a la formación de personas mayores a través de programas de formación científica, cultural, tecnológica y social. Así mismo, al fomento de prácticas y experiencias intergeneracionales incluyendo la promoción del alojamiento de jóvenes universitarios con personas mayores.


El plazo general para la presentación de las solicitudes es de 30 días naturales a contar desde la publicación del extracto de la convocactoria en el BOJA, y la resolución de la convocatoria se producirá en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, por lo que en los primeros 6 meses del año las personas y entidades solicitantes de estas ayudas podrán disponer de los recursos que les corresponden.



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