El padre denunciado por su hija en Olula del Río después de requisarle el móvil como castigo por las malas notas obtenidas en el instituto y acusándolo de malos tratos ha comunicado su predisposición a renunciar a la guarda y custodia de la menor de 14 años.
Así lo afirma el juez Fermín Villarubia en la sentencia del 17 de abril que absuelve al padre y a su pareja. En el fallo, el magistrado señala que “el padre ha llegado a admitir que estaría dispuesto a renunciar a la guarda y custodia de la menor” como consecuencia de su constante mal comportamiento y los problemas derivados de éste. La sentencia añade que la menor ha reconocido “con una naturalidad pasmosa” que llegó a fugarse de su casa durante una semana, viviendo ese tiempo en casa de una amiga. “E incluso, la menor ha llegado a reconocer también que, en ocasiones, se ha autolesionado haciéndose cortes en los brazos”, añade el juez.
La joven, en un centro
Este mal comportamiento subrayado por el juez en su sentencia se suma a los hábitos de la menor como fumar a pesar de la prohibición del padre, tal y como ha explicado a este periódico el progenitor, Dumitru I.V.. De ahí la conformidad del mismo a la actual situación de la menor, cuya madre ha fallecido y que, según ha confirmado el padre, se encuentra en un centro de protección de menores de Almería. “Desde el pasado día 2 de marzo está en el centro de menores”, donde el progenitor considera que la joven “está bien porque tiene apoyo psicológico, de asistentes... Ella me ve como a un enemigo en casa”, lamenta en declaraciones a LA VOZ.
Este deseo no es único del padre sino que es compartido por la joven que, tras la disputa del pasado mes de febrero, presentó un parte de lesiones presuntamente provocadas por su padre; algo que el juez no dio credibilidad teniendo en cuenta que la joven reconoció en juicio tener la capacidad de “autolesionarse”.
“Ha quedado claro y ella misma lo ha reconocido, que no quiere vivir con su padre y que tiene la decidida intención de regresar a Rumanía, lo que tenía ya pensado desde antes de las últimas navidades para vivir allí con su abuela o con su tía lo que, en principio, no podría hacer todavía al encontrarse bajo la guarda y custodia de su padre”, reza la sentencia.
Relación difícil
Un conflicto en el seno de la familia que pone de manifiesto “una relación difícil” tal y como reconoce el juez, a la que se suma la enemistad nacida con la actual pareja de su progenitor, denunciada también por presunto maltrato doméstico y absuelta posteriormente. En el proceso judicial, la acusada y actual pareja del padre puso de manifiesto -siendo reconocido por la menor- que los problemas con ella vinieron después de que asistiera “a una reunión al colegio, donde se enteró de las malas notas de la menor, y al contárselo a su padre y castigarla, fue cuando empezó realmente la mala relación de la menor con la actual pareja de su padre”, añade el fallo.
Para el abogado del padre, Andrés Pérez Quiles, del despacho ‘Najas de la Cruz y Asociados’, no hay que olvidar que el comportamiento de la niña “era totalmente inadecuado, rebelde y agresivo” por lo que “no se podía soportar”. Al ser preguntado por la intención del padre, Pérez Quiles señala las diferencias entre la patria potestad y la guarda y custodia. “La patria potestad se refiere a los derechos y deberes en relación con los hijos. Es decir, a la representación de los hijos para las decisiones más importantes y elementales”, indica. Sin embargo, la guardia y custodia “se refiere más a la convivencia habitual y diaria como con quién va a vivir el niño, si se va a hacer de forma compartida o no... La patria potestad entraría en juego si, por ejemplo, hubiera que someter a un hijo o no a una operación peligrosa”, concluye el letrado.
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