La sala de vistas del Juzgado de lo Penal número Dos de Almería celebró este martes el juicio oral contra los responsables del hotel Cabo de Gata Plaza Suites acusados de vetar el alojamiento a un grupo de jóvenes con síndrome de Down vinculados a la asociación Asalsido.
En el banquillo de los acusados se sentaron el director de la central de reservas de la cadena hotelera (identificado como G. G. Q.), la ex recepcionista y supervisora del hotel de El Toyo (identificada como O. G. R.) y una trabajadora de la agencia mayorista Welcome Incoming (V. T. R.).
El Ministerio Fiscal pide dos años de inhabilitación para los dos primeros acusados por un delito de discriminación, mientras retiró finalmente en sus conclusiones la imputación a la tercera, que simplemente se limitó a transmitir el mensaje emitido por la cadena hotelera. Según la acusación, el establecimiento Cabo de Gata Plaza Suites, cuya central de reservar estaba radicada en Castellón, negó habitaciones a un grupo de 14 jóvenes con síndrome de Down y dos monitores a principios de mayo de 2013.
El director comercial G. G. Q. compareció este martes en la sala de vistas, se confesó “avergonzado” por un “error” y pidió “disculpas” a los afectados por el episodio. Ahora bien, el acusado señaló a los miembros de otra asociación para justificar el suceso. Según su relato ante el juez, poco antes de recibir la petición de alojamiento de la asociación de Asalsido, habían hospedado a miembros de la Faisem (Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental), con los que habían tenido algunos incidentes, según su versión.
Tras este capítulo la cadena hotelera “cambió de política de empresa” y decidió “no admitir estos grupos por seguridad”. Según precisó G. G. Q., el error fue “confundir enfermos mentales con discapacitados psíquicos”. “Ahora tengo otro concepto de la realidad, pero en 2013 no lo tenía”, afirmó a presuntas del Ministerio Fiscal.
Ex supervisora
Por su parte, la supervisora O. G. R. aseguró que desconocía la petición de un grupo con síndrome de Down y que conoció el caso a través de la prensa local. La trabajadora, antigua recepcionista y hoy empleada en otra empresa, rechazó cualquier responsabilidad en la toma de decisiones y se describió como “la cara visible del hotel”. “Yo no aprobaba compras, no tomaba decisiones, yo era el canal entre el cliente y Castellón”, expuso en el Juzgado de lo Penal número Dos de Almería.
Finalmente, la tercera acusada afirmó que su única misión en el caso fue transmitir la decisión de la empresa y que no conocía a la supervisora. El Ministerio Público retiró las acusaciones en su informe final y V. T. R. será absuelta del delito de discriminación. El proceso queda pendiente de la decisión del Juzgado de lo Penal, aunque la sentencia podrá recurrirse ante la Audiencia de Almería.
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