Cuatro años y seis meses por intentar violar a una menor de edad en un portal

El agresor asaltó a la víctima de 15 años, la arrastró a un portal y la amenazó con una navaja

Palacio de Justicia de El Ejido.
Palacio de Justicia de El Ejido.
Javier Pajarón
19:19 • 30 jul. 2017

El violador asaltó a la víctima cuando caminaba hacia el instituto. La chica tenía 15 años y asistía a clases de secundaria en un centro educativo de su localidad. Apenas despuntaban los rayos del sol en una fría mañana del mes de febrero de 2013.




El criminal acechaba. Primero aceleró el paso para colocarse a la altura de la adolescente y luego la agarró del brazo y a tirones la arrastró hasta un portal de un edificio cercano. Quedaban pocas escapatorias.




El agresor sexual sacó una navaja para frenar las acometidas de la adolescente, que se resistía por todos los medios a su alcance. Forcejeaba. Pataleaba y trataba de encontrar ayuda entre los vecinos. Y el varón se bajó los pantalones y sacó un preservativo del bolsillo entre palabras obscenas y graves amenazas. “Vamos a divertirnos”.




Entonces la víctima dio un fuerte empujón al agresor, con los pantalones bajados, y consiguió zafarse y huir a la carrera de aquel portal. A su espalda, atropelladamente, el criminal intentaba perseguirla. “¡Sé cual es tu instituto!”.




El varón acabó arrestado y juzgado por un delito de agresión sexual con penetración y con utilización de arma blanca, en grado de tentativa. La vista se celebró en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, que condenó al acusado a una pena de cuatro años y medio de cárcel.




Reconocimiento
La resolución ha sido ratificada ahora en un auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que rechaza el recurso de casación y considera sólidas las pruebas de cargo contra el procesado.




La menor realizó un reconocimiento fotográfico del acusado. Además, su testimonio se estima “uniforme y contundente”. “La evaluación realizada a la menor no se detecta ningún trastorno psicológico que le origine fabulación”, añade el tribunal en relación a los informes médicos a la víctima.




“El tribunal de instancia infiere la finalidad perseguida por el acusado, y concluye que era la de agredir sexualmente a la menor, atemorizándola, e intentando doblegar su voluntad con el uso de una navaja, no pudiendo, sin embargo, conseguir su propósito, ante la actitud de la joven, quien, tras darle un empujón al agresor, salió corriendo del lugar”, explica el Tribunal Supremo en su resolución.


La defensa
La defensa argumentó que la identificación de una testigo fue errónea (equivocó nacionalidad y un lunar en la cara). Además, aportó un pasaporte para acreditar que el acusado estaba supuestamente fuera del país en las fechas del suceso.


Ambos elementos fueron desestimados tanto en Almería como en Madrid por los tribunales de justicia, que hacen firme la condena. También rechaza el TS la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas porque el “proceso no ha estado paralizado”.


La sentencia impone también la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante un periodo de 15 años. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de El Ejido fue el encargado de las diligencias.



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