Estrellas para las categorías de los campings turísticos

El decreto de la Junta de Andalucía adapta la norma a los nuevos formatos de alojamiento

Imagen de la campaña de la Junta de Andalucía.
Imagen de la campaña de la Junta de Andalucía.
La Voz
12:41 • 24 ene. 2018

El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto de ordenación de los campamentos de turismo en Andalucía, que adapta la normativa autonómica a los nuevos formatos de alojamiento y garantiza la calidad de los servicios que se ofrecen al visitante. Como principales novedades, se establece para los campings una clasificación por categorías mediante estrellas y se regulan, por primera vez, las áreas de autocaravanas. Además, se crean especialidades voluntarias en función de la oferta.




Normativa
Define los campamentos de turismo como establecimientos de alojamiento que, ocupando un espacio de terreno delimitado, acondicionado y dotado de instalaciones, facilitan una serie de servicios y un lugar adecuado para hacer vida al aire libre, a cambio de precio y durante un período de tiempo limitado, sin que en ningún caso la permanencia pueda tener carácter de residencia habitual o domicilio.




El nuevo decreto, que sustituye al vigente desde 2003, clasifica estos establecimientos en dos grupos: campings y áreas de pernocta de autocaravanas. Para ambas modalidades, se recoge un conjunto de características técnicas sobre accesos, viales, cerramientos, instalaciones fijas de uso colectivo, electricidad, agua potable o equipamientos higiénicos.




En el caso de los campings, la nueva clasificación por estrellas consta de cinco categorías, frente a las cuatro de la anterior normativa, de acuerdo con el cumplimiento de una serie requisitos para las instalaciones y los servicios que se prestan.




Este sistema, armonizado con el establecido en otras comunidades autónomas y estados miembros de la Unión Europea, fija las condiciones de los alojamientos para cada categoría en función de la superficie y las distancias de las parcelas de acampada, así como de exigencias en equipamientos como recepción, restaurante, bar, club social, sala de juegos, supermercado, lavandería, fregaderos, instalaciones higiénicas (aseos y duchas) y zonas deportivas o de ocio. También se especifica la dotación de los servicios de asistencia médica, vigilancia, animación y correspondencia, entre otros.




Respecto a las áreas de pernocta de autocaravanas, por primera vez se regulan como un grupo específico de campamento de turismo y con una categoría única. 






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