El Ayuntamiento de Almería ha tramitado en lo que va de año un total de 84 denuncias a ciudadanos por la realización de conductas incívicas e incumplimientos de la nueva ordenanza de limpieza que entró en vigor en abril del pasado año con normas de obligado cumplimiento por parte de la ciudadanía de cara a contar con una ciudad más limpia y habitable.
Durante el primer semestre de este año se han interpuesto un total de 27 denuncias por escupir o realizar las necesidades fisiológicas en los espacios públicos o en cualquier otro que no sea el expresamente destinado a tal fin, lo que comporta una sanción leve con multa de entre 120 y 750 euros.
Orinar en la vía pública es una de las conductas incívicas más sancionadas por parte del Consistorio, desde donde se han acometido medidas incluso de carácter estructural en algunos espacios del centro histórico para disuadir a quienes realizan estas prácticas. Solo durante el pasado año fueron 78 las personas multadas por miccionar en la calle.
Asimismo, se han interpuesto un total de 18 multas por incumplir el horario establecido para el depósito de los residuos sólidos en los contenedores, una práctica que afecta a los vecinos que tienen cerca de sus viviendas estos depósitos debido a la proliferación de malos olores y que también está sancionada con multas de entre 120 y 750 euros.
Cabe recordar que, según la normativa municipal, los usuarios deben depositar la basura en los contenedores de 21,00 a 23,00 horas en época de verano y desde las 20,00 a las 22,00 horas durante el invierno. En el caso de los locales comerciales, podrán depositar los residuos cuando cierren sus negocios. Igualmente, está prohibido el depósito y recogida de vidrio desde las 21,00 hasta las 9,00 horas.
Durante el pasado año, bajo la aplicación de la ordenanza, fueron un total de 32 las sanciones que se realizaron a las personas que arrojaron la basura en un horario muy distinto al marcado por la ordenanza para depositar los desechos.
Otra de las conductas incívicas que más se ha detectado por parte de los agentes ha sido la de no recoger inmediatamente los excrementos evacuados por los animales de compañía en la vía pública, lo que además supone uno de los principales motivos de queja de los ciudadanos almerienses. En total, en lo que va de año, se han puesto 13 sanciones por esta irresponsable conducta.
La normativa en vigor recoge al respecto que los excrementos evacuados por los animales de compañía en los espacios públicos deberán ser depositados con sus respectivas bolsas de plástico debidamente cerradas, en papeleras o contenedores o en los lugares destinados a tal fin por el Ayuntamiento. Solamente el incumplimiento de esta norma conllevó la aplicación de sanciones a 54 propietarios de mascotas.
Uso inadecuado de papeleras
Además de estas sanciones, en lo que va de año se han puesto otras 14 de sanciones por arrojar fuera de las papeleras residuos sólidos de tamaño pequeño, como papel, envoltorios, restos de pipas, chicles y similares, así como cuatro más por dejar los residuos en el entorno del contenedor en lugar de en su interior y otras tres por colocar carteles y adhesivos en lugares no autorizados.
También se han dado, en menor medida, otras conductas sancionables como no mantener los solares sin edificar limpios, recoger objetos depositados en el interior de un contenedor sin autorización o lavar animales en espacios públicos. Ninguna de las conductas sancionadas en lo que va de año se corresponde con infracciones graves o muy graves.
Durante 2017 fueron en total 228 las multas que se expedieron por conductas ciudadanas incívicas y comportamientos fuera de la norma, entre los que se incluyen 21 casos de posesión de una mascota de raza considerada potencialmente peligrosa sin bozal o correa homologada, 28 sobre arrojar basuras a la vía pública y otros 15 por distintos motivos a los nombrados con anterioridad
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